La rebelión de Túpac Amaru: la rebelión

DOCUMENTOS DE LA REBELIÓN DE TÚPAC AMARU 191 DECRETO.-Traslado de esta confesion al abogado Solicitador Fiscal nombrado en esta causa quien en virtud de tener reconocidos los autos antes de ahora pondra acusacion en forma dentro del día. Cusco onse de Julio de mil setecientos ochenta.- Ynclan.- Doctor Olleta.- Ante mi J osef de Palacios, Escribano Real y Publico. TRASLADO.-En el día mes y año de la fecha del Decreto que antecede di el traslado que en el se expresa al Doctor don Pablo de Figueroa Abogado de la Real Audiencia de Lima, y Defensor Ge– neral de Menores en esta Ciudad del Cusco como a Solicitador Fis– cal de esta causa en su persona que busque en su casa de que doy fee son horas de las diez de la mañana.- Josef de Palacios, Escri– bano Real y Público. RESPUESTA.-El Abogado Solicitador Fiscal nombrado en la Causa criminal, que de oficio de la Real Justicia se ha seguido con– tra los reos contenidos en el Proceso que se fulminó sobre el alsa– miento que premeditaron respondiendo al traslado que se le ha dado de la confesion hecha por Bernardo Tamboguacso Cacique del pue– blo de Pisac uno de los reos comprehendos en la citada 'Fcausa dice: Que en virtud de la declaracion de sus correos y de lo pedido por el 'Fiscal se sirvió vuesamerced por sentencia definitiva condenarlo a la pena ordinaria de muerte, esta se halla confirmada por los señores de la Real Sala del crimen a que contribuye la confesion del citado Bernardo Tamboguacso por la que expresa hauer concurrido en dos ocasiones a la confederacion del alsamiento, que premeditaron pres– tando consentimiento y prometiendo concurrir por su parte con el auxilio de toda la gente que se hallaba sujeta a su Gobierno: En estos terminas no tiene el Fiscal que pedir sino que la Justificacion de Vuesamerced se sirva mandar se execute la pena del ultimo su– plicio a que fue sentenciado y se manda por dicha Real Sala del Cri– men la que reproduce para su mas puntual cumplimiento. Estudio y Julio once de mil setecientos ochenta.- Figueroa. DECRETO.-Traslado al Reo Bernardo Tambohuacso el que se entendera igualmente con el Protector de Naturales para que res– ponda lo que combenga a su derecho. Y recíbase la causa a prueba con el termino de tres días comunes a las partes y con todos cargos. Cusco dose de Julio de mil setecientos ochenta.- Ynclan.- Doctor Olleta.- Ante mi Josef de Palacios, escribano Real y Publico. En la ciudad del Cusco en el dia mes y año de la fecha del auto que antecede como a horas del medio dia. Yo el Escribano lei, y

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx