La rebelión de Túpac Amaru: la rebelión

58 DOCUMENTOS DE LA REBELIÓN DE TÚPAC AMARU da que ocurran al Real Gobierno, de que resulta que estos indios privilegiados con casa de cadenas, con asiento en los Concejos y de– más privilegios que contienen dichas Reales Cédulas, eran en aque– lla actualidad tributarios; ¿por que hasta entonces tuvieron sepul– tadas dichas Reales Cédulas, o mejor por qué no las habían falsi– ficado como las falsificaron después? ¿Dónde está, pues, la declara– ción de la descendencia de Don Juan Tito Túpac Amaro, que no se pidió ni se probó en dicha información? ¿Cómo pudo aquel Corre– gidor Don Pedro Balv ín haber declarado a Doña Manuela por des– cendiente de dicho Don Juan Tito, si los mismos autos declarato– r ios apelan sobre la descendencia del Inca Túpac Amaro, Señor que fué de estos Reinos, qué es lo que se pidió? Don Juan Tito Túpac Amaro aun, caso negado, que fuese hijo de Don Felipe, no fué último Señor de estos Reinos, con que no pu– do haber declarado a Doñ a Manuela por descendiente de Don Juan Tito, el Corregidor Balvín, como refiere en su informe, de fojas trein– ta y seis, su sucesor Don José de Escasola. Con este informe, car– ta y superior decreto, en cuy a virtud se hizo, se volvió a presentar Doña Manuela, pidiendo que se vist a de ellos, se le hiciesen guar– dar sus prerrogativas de poner Cadena y Armas a las puertas de su morada . Los Señores Fiscales a la vista qu e se les dió, fueron de pare– cer, que se mandase despachar Provisión para que a dicha Doña Manuela se le guardasen todas las prerrogativas de que hubiesen gozado sus ascen dientes , según la merced que de ellas t uviesen, Y con arr eglo a este pa r ecer se libró la Provisión que, inserta en otro t estimonio, corr e a foj as treinta y cuatro y a fojas trei n ta Y siete, dicho cuaderno segundo. Es testimonio de testimonio, dado sin citación, que n o hace fe , como es constante en derecho, y se fundará después en su propio lugar. En todos estos recursos en que las mismas Reales Cédulas de– bían ser su mayor calificación y la mayor seguridad de su pretensión, jamás las presentó; y así los Señores Fiscales, indefinidamente, dicen que se les guarden los privilegios de que hubiesen gozado sus ascen– dientes, según la merced que de ellas t uvieren, porque nunca vie– ron estas reales mercedes, que siempre andaban en las tinieblas, Y depositadas en la oculta oficina del fraude, que, alias , si los Seño– res Fiscales hubiesen visto el testimonio de es as Reales Cédulas, no se hubiesen escondido a su perspicacia y talent os los vicios que com– prendían en el supuesto cierto y seguro que no hubiera presentado Doña Manuela cédula alguna original, ni testimonio sacado inme-

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