La rebelión de Túpac Amaru: la rebelión

DOCUMENTOS DE LA REBELIÓN DE TÚPAC A M ARU 727 Inmediatamente compareció ant e Su Señoría Micael a Bastid as y Doña Andrea Esquivel; y ésta se afirmó en lo que tiene declar a d o, y expresó que lo de la carta de Doñ.a Francisca, se lo dijo la misma Micaela. Y ésta se m2..ntuvo r. ega tiva en cuanto a que el D octor As – tete le enviaba coca; y confesó que la Doña Francisca era u na v iu– da de Combapata; y no añadía otra cosa; se afirmar on y r atificaron, y no firmaron por no saber; la firrr.ó Su Señoría de que certifico.– (Rúbrica de Mata Lbares) .-Manuel E spinarete López. El abogado que hace oficio de Fiscal en la causa que s e sig ue contra Micaela Bastidas, mujer del jndio rebelde José Gab riel T ú– pac Amaro. por he.ber sido autora principal y ejecutora del ex cecr a – ble delito de rebelión contra Su Majestad (que Dios le guarde) con – tra el Reino , y especialmente contra la Ciudad, con ánimo s erio y recto de posesionarse, cuya re~ul tas han ocasionado, además de los excesivos gastas, que del Real Erario se han impendido, par a la m an– tención del Ejército y pertrechos de guerra, para conten e r al R ebel– de, la muerte de innumerables personas que ha ocasionado la guerra; que aún hasta el presente se mantiene. Con lo demás que pública– mente se sabe y se experimenta, cumpliendo con lo que se le tien e mandado e:J. el decreto de dos del presente mes, dice: Que obrando en justicia, se ha de servir Vuestra Señoría mandar se le imponga a la citada Micaela Bastidas la pena o <linaria de muerte, con algu– nas calidades y circunsta:icias que causen terror y espanto a l pú– blico; para que a vista del espectáculo, se contengan los demás y sir– va de ejemplo y escarmiento. Así mismo, a perdimiento de todos s u s bienes, los que se apl ·quen en la forma dispuesta por derecho. Qu e igualmente fea demolida la casa que tiene en Tungasuca y todas las demas posesiores que tuviere; y que e:i adelante no haya de e r i– girse ni edificarse casa de habitadón de ninguna persona, para per– petua memoria e infamia suya; y que así mismo sea extinguida to– da su descendencia hasta el cuarto grado. Lo que debe hacerse así por lo general de derecho y siguiente. El delito de que se :Palla confesa y convicta n puede ser ni más excecrable y atroz ni más enorme que pueda cometerse por un vasallo contra su Soberano r Señor natural. P:tetendiendo eximirse del cargo culpa y pena, dice en su coníesiÓ.Ll que todo lo que eje– cutaba era forzada por su m.arido, el Rebelde; lo qu, además de que no e.s verosímil de que ella ignorase el ánimo de su niarido, lo contradice tanto la notoriedad y ciencia cierta de que para las in-

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