La rebelión de Túpac Amaru: la rebelión

730 DOCUMENTOS DE LA REBELIÓN DE TÚPAC AMAR U en lo futuro cesaría la hostilidad, y que tributarían sólo con un cor– to sufragio, pero era preciso que extinguiesen a los españoles, y aconsejaba a su esposo a este propósito; y a los que le acompaña– ban de esta calidad, los amilanaba con la expresión de que pasados a los fieles vasallos morirían sin remedio. Estos dañados designios concibe el Fiscal, se castigan en el mo– do que siente, por no ser verosímil de que Micaela ignorase la re– solución del Rebelde; que no .se sincera ni puede de ningún modo, porque dejada sola, y él en regiones remotas, tuvo ella lugar de escaparse, pues el vasallaje que le rendían los asociados, le fran– queaba libertad para el retiro; que la Ley 2. 3. de la 7 partida del tit. 2, lo confirma la 6. del tít. 27 de- la 2, y lo aprueba el tit. 28. libro 8 de las de Castilla en su total lo enuncia. Es en sustancia el fundamento del alegato, pero advierte el de– fensor que la generalidad de aquellas leyes tiene sus limitacio– nes por las glosas. Es ajeno de disputa que el temor de fallecer, oponiéndose al del intento excluye de la pena de muerte, Y más cuando físicamente se concibe no podía remediarlo, y que los ejemplares eran continuados. También lo es que las pruebas de causas tales, se admiten por conjeturas, porque como de natu– ralezas ocultas son dificilísimas otras. No es dudable la tiranía del Rebelde; él no perdonaba la más leve ilación, para destrozar al que juzgaba opuesto; en sus muy propincuos y connados (sic), se vió, descargaba su rigor; y como por otra parte temía Micaela la muerte eterna, simulaba su intención, y aparentaba perver– sos deseos. En este estrecho no le fué posible el abandono; por el cami– no real, y aún por los más recónditos se hallaban poblaciones, Y figurándose é.stas (en) desamparo, seguramente hubiera feneci– do. Los ejemplares son recientes, y en el cacique de Pisac Y otros se confirmaron; y el contener sus deseos, se debía a esperar mejor coyuntura para facilitarlos sin riesgo. No hace fuerza la reflexión del Fiscal, de que en Piccho pudo (ella) desertar, porque permanecía la causa en su ser, y aun al frente los fieles de quien es recelaba; igual acaso y lo principal el temor a la censura, porque aunque ésta no ligaba a los de la intención, en el supuesto caso que se ha dicho pero siempre es temible. Si el ofrecimiento fuese poderosa objeción, la misma podría ha– cérsela a algunos de los declarantes; pero Vuestra Señoría con

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