La rebelión de Túpac Amaru: la rebelión

764 DOCUMENTOS DE LA REBELIÓN DE TÚPAC AMARU expresa orden para ello. Así lo proveo y mando por esta mi senten– cia; definitivamente juzgando.- José Antonio de Areche. Dió y pronunció la anterior sentencia el muy Ilustre Señor Don José Antonio de Areche, Caballero de la Real y distinguida Orden española de Carlos III, del Consejo de Su Majestad de los Tribunales de Justicia y Real Hacienda de este Reino, el de Chile y Provincias del Río de la Plata, Superintendente de ella, Intendente de Ejército, Subdelegado de la Real Renta de Tabacos, Comisionado con todas las facultades del Excelentísimo Señor Virrey de este Reino, para entender en todos los asuntos de la Rebelión intentada y ejecutada por el vil traidor José Gabriel Túpac Amaro, en la ciudad del Cuzco a catorce de Julio de mil setecientos ochenta y uno; siendo testigos Don Fernando Saavedra, Contador de Visita, Don Juan de Oyarzábal y Don José Sáenz; de que certifico.- Manuel Espinarete López. En el Cuzco, a diez y siete del mismo mes y año, yo el Escribano hice saber la anterior sentencia y su pronunciamiento a Cecilia Tú– pac Amaro, presa en este cuartel, en su persona; de que certifico.– Manuel Espinarete López. En la ciudad del Cuzco en diez y seis de Julio, año de mil sete– cientos ochenta y uno, yo el Escribano leí y notifiqué el contenido de la sentencia de la vuelta al Señor Juan Munive y Moro, Abogado Defensor del reo sujeto a esta causa en su persona; de que doy fe.– Miguel de Mina.-- Escribano de Su Majestad y Público. En dicho mes y año, yo el Escribano pasé a la casa del Doctor Don Antonio ~elipe de Tapia, Acusador Fiscal, nombrado en esta causa, para notificarle la dicha sentencia; y la gente de ella me dijo al preguntar por él, haberse ido a su hacienda Motoque que está en términos de la Doctrina de Anta, y que no sabía cuándo había de volver. Para que conste lo pongo por diligencia; y de ello doy fe.– Migu el de M ina.- Escribano de Su Majestad y Público.

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