La rebelión de Túpac Amaru: la rebelión

DOCUMENTOS DE LA REBELIÓN DE TÚP AC AMARU 81 Sentado pues lo que juzgo acerca de la mita de que se quieren libertad los Indios de esta solicitud, si se hace por ellos según es de entender, bien que ya dejo dicho que no se instituye como corres– ponde, y convendría hacerlo, en otro caso voy a dar razón de la no– ta que puede tener su escrito en la forma explicada. El largo tiempo que he servido en la otra América me ha he– cho ver que muchas veces se pide por los Indios o a su nombre en los Tribunales Superiores aquellos de que no tienen necesidad, con– ducidos del interés con que sus Caciques o Gobernadores los meten en las solicitudes y les pintan las ventajas que lograrán consegui– das que sean. Para esto por la natural inquietud y afición con que ve el Indio toda clase de libertades y litigios, se les echan derramas .o contribuciones a que se prestan pronto, y vienen de aquí, las más veces, el sufrirlas, hacer gastos inútiles, y no avanzar o conseguir sus deseos, saliendo sólo aventajado el que disfruta la derrama. Por esto y por algunas otras razones en que no me quiero detener, he reparado que ni el Cacique que representa sobre la relevación de la mita, acompaña poder u otro documento con que se le pudiera tener como legítima persona, para pedir, ni tampoco se sabe si toca a estos Pueblos el dar la gente que se dice que les cabe para la mi– na de Potosí. En este supuesto, y que no es fácil cortar de una vez los gran– des males que trae la mita a los Indios, porque sería peor el reme– dio que la enfermedad y así se hiciese hoy, atendidas todas las cir– cunstancias que se deben atender, y que este punto es uno de los en– cargos que me ha fijado Su Majestad en el artículo 44 de su Real Instrucción reservada, y tendrá sus resoluciones particulares cuan– do llegue a él con todo el examen necesario, puede Vuestra Exce– lencia remitir este recurso en testimonio al Señor Don Jorge Esco– vedo, Ministro de la Real Audiencia de Charcas, para que como que acaba de poner el Rey a su cuidado el Corregimiento de Potosí, y demás incidentes de aquel mineral, y entre ellos la Superintenden– cia de I ndios mitayos, tome en su asiento la providencia que regule oportuna en lo pronto, haciendo que, si a los Pueblos por quien se habla en el anter ior escrito, se les repar te mit a, se les pague l as le– guas del viaje con t odo el escrúpulo que previene la Ordenanza del Reino y las leyes; que no les haga trabajar más que lo justo en la mina, ni se les den malos tratamientos a éstos, y a cuantos vayan de otras reducciones, y que se deja al celo de Su Señoría, y a las de– más providencias que tomará por su cargo, el ver este punto de mita con toda reflexión que pide en favor de la Minería, en favor del Es-

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