La rebelión de Túpac Amaru: la rebelión

DOCUMENTOS DE LA REBELIÓN DE TÚPAC AMARU 847 á que sois fiel vasallo nuestro y buen Christiano porque vos y vues– tros descendientes seais mas honrrados, nuestra merced y voluntad es de os dar por armas un Escudo fecho dos partes que en la una de ellas está un Aguila Real de oro en Campo Verde y á los lados dos culebras de oro, coronadas que cojen arcos, y encima del arco un Sol con una borla colorada puesta en la frente; y en la otra un Castillo de plata en campo rozado, y por nibel un yelmo cerrado de oro, y por divisa dos buitres, 3 ó como la nuestra merced fuese. Y por la presente queremos é mandamos que podais traer y tener por vuestras las que de su uso se hacen mencion, en un Escudo tal como éste, segun que aqui va figurado y pintado; las quales os damos por vuestras armas conocidas, y queremos y es nuestra mer– ced y voluntad, que vos, vuestros hijos y descendientes las llevais y pongais y podais traer y poner en vuestras Reposterias y Casas, y en las de cada una de ellas de los vuestros hijos y descendientes de ellas, y en las otras partes y lugares, que por vos y ellas quisieredes y por bien tubieredes. Y por esta nuestra Carta y por su traslado Signado de Escribano publico, encargamos al Illustrissimo Príncipe Don Felipe, nuestro muy caro y muy amado hijo y nieto, y man– damos á las Infantes nuestras muy caras hijas y hermanos y á los Prelados, Duques, Marqueses, Condes, Ricos Hombres, Maestres de las Ordenes, Priores, Comendadores y Subcomendadores, Alcaldes de las Castillas, y Casas Fuertes y Llanas, y los de nuestro Consejo, Presidentes y Oidores, Alcaldes Alguaciles de la nuestra Casa y Cor– te y Chancillería Real y á todos los Corregidores, Consejeros y Asis– tentes y Gobernadores Jurados, Caballeros, Oficiales y Hombres bue– nos de estos Reynos y Señoríos de las dichas Indias, y Tierra firme del mar Oceano, assi á los que aora son los que seran de aqui ade– lante, y á cada uno y á cualquier de ellas en sus lugares y jurisdic– cion que sobre ello fueren requeridas que os guarden y cumplan y hagan guardar y cumplir á vos y á los dichos vuestros hijos y des– cendientes de ellas y a cada uno de ellas, la dicha merced que ansi vos hacemos de las dichas Armas conocidas y os las dejen poner y traer á vos y á las dichas vuestras hijas y descendientes de ellas, y de cada uno de ellas, y que en ello ni parte de ello, em– de ellas, y de cada uno de ellas, y que en ello ni parte de ello, em– bargo ni contradiccion alguna voz no ponga ni concientan poner en tiempo alguno, ni por alguna manera, so pena de la nuestra merced y de cada diez mil maravedis para la nuestra Camara, á cada uno que lo contrario hiciere. Dada en la Villa de Valladolid á nueve dias del mes de Mayo año del nacimiento de nuestro Salvador Jesu- 3 Correspondería leer Cóndores. (CD.V.>.

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