La universidad: libro XIV de claustros (1780 -1790)

174 (ff. 159) Decreto. Real Orden. Decreto. CARLOS DA lEL VALCARCEL lo Superior Justificacion de Vuestra Exelencia fixe la duda, é insertidumbre que he propuesto, y de su bondad se digne mandar se me <lé Testimonio de lo resuelto pa– ra que en todo tiempo conste y resguarde / mis succe– sivos procedimientos. Lima y Agosto 26 de 1788. Joseph Baquijano. Lima y Agosto de 1788. Agreguese copia de la Real Orden que se cita é imforme el Rector y Claustro de la Real Universidad. Una Rúbrica. Varea. Habiendo resu lto d Rey que en los Dominios de Yn– dias se siga la practica establecida en España para los Em– pleados prohiviendo que ninguno pueda gozar dos Suel– dos aunque tenga á su cargo diferentes destinos, y que me remita Vuestra Exelencia una lista individual de los Sujetos que se hallan en el distrito de su mando. Expo– niendo los motivos ó causas que halla para esta exepcion, se lo participo de Real Orden para su cumplimiento é in– teligencia de que á los que gozan dos Sueldos deberá ce– sarles el menor hasta gue impuesto Su Magestad de las justas causas que hallan motivado esta gracia particular determine lo que tenga por comveniente. Dios Guarde á Vuestra Extlencia muchos años. San Yldephonso 29 de Julio de 1788. Valdes . Señor Virrey del Perú. Lim2 5. de Febr ro de 1788. Guardese y cumplase la Real Orden que antesede, saquense competente numero de ellas, y remítase á los Señores Yntendentes para que cuiden de su execusion y cumplimiento, y le comuniquen á todas las Cajas Reales; y Aduanas y <lemas Oficinas á donde pueda corrcsporider, y me 1mformen si hay Em– pleados que gozan dos ó mas Sueldos. Ygualmente se re– mitirá copia al Señor Ynspector General para el mismo efecto, formandose la correspondientes razones en el Real Tribunal de Cuentas, Caxas Reales, Aduana. Direc– cion de Tabacos, Superintendencia de la Real Casa de Mo– neda, y <lemas Tribunales donde corresponda solisitando el mismo Ymforme de dicho Tribunales. De Croix. Es– teban Varea. Es copia de u original, assi lo certifico. Li– ma 1? de Septiembre de 1788. Y oydo por dichos Señores y tratada y comferida la

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