La universidad: libro XIV de claustros (1780 -1790)
214 (ff. 169v.) CARLOS DANIEL VALCARCEL Vee hay el gasto de los mil quarenta y cinco pesos dos reales que tienen los propriss, y el sobrante de los ciento ochenta, y cinco pesos y dos reales que hemos res– tado resulta de su entrada entendíendose de lo asentado. Mas no es assi á contar con los contingentes, pues enton– zes ella es vencida en bastante monto. Porque en quanto á lo primero, siempre es menester que si en el Ramo de vacantes no hay los trescientos pesos annuales que se pa– gan al Pasante de Mathematicas, la perciva de esta Caxa segun esta ordenado por el Superior Govierno en el ex· pediente de esta materia. Con e~to ·solo que es muy facti– ble se verifique de continuo, ya se truecan las calidades, ó ya la entrada en lugar de ser acreedora es deudora de ciento catorce pesos seis reales, pues no podiendo exivir sino los ciento ochenta, y cinco, y dos de sus sobras, en eso es; al cumplimiento del entero de los tales trescientos en lo que queda alcanzada. Despues le irá creciendo esta deuda conforme se le vayan\ aplicando lo que importan los cenzos, los Amanuences, el Papel Sellado que no es de Oficio, los testimonios de Autos, las costas de ellos, los Pro– curadores, Escrivanos, Relatores , y las compossiciones de la fabrica material, y utencilios de la desencia que nunca falta algo de todo esto, y en estos ultimos tiempos, lo mas, ó todo, segun ha andado la Escuela de embarasada con reformas, alteraciones, artículos, recursos y Procesos. Pero para que sobre todo se juzgue lo mucho á que puede suvir esa deuda se ha de entender que su cobranza no siendo nada efectiva en tres principalmente de sus casas por diligencias entrajudiciales que se hagan á los e nsua– tarios, que tienen por eso pendientes bastantes atrasadas, y no dando esperas lo executivo de sus gastos es natural que el suplemento que le hace llegue á aumentar de año en año sus empeños bien vicibles á una suma concide– r able./ No h ay duda que estos podían se,r satisfechos por esta Caxa de p roprios si se llevara á devida execucion las mul– tas pecuniarias que le tocan. Son much as dejando á un lado las penales de exclu– ciones activas, y pasivas por no necesitarse para el asun– to, las impuestas en sus Estatutos de esta naturalesa en los ocho títulos de los catorce que contienen : segundo
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