La universidad: libro XIV de claustros (1780 -1790)
238 CARLOS DANIEL VALCARCEL Señor Fiscal: siendo mas de extrañar en las cincunstan– cias aquel procedimiento, y escusa porque aunque la ac– cion de esta especie se quiciese voluntariamente compu– tar en !a clase de las populares, y que competen á qual– quiera del Pueblo, nunca podria esto entenderse respec– to de quien se moviera á intentarla, no por celo del bien publico sino por procurar un ahorro ilegitimo, y con aten– cion al proprio interes. Que por el pequeño que importa la justa demanda del Padre Maestro Vasquez se ocurre desesperadamente á una exepcion tan violenta, y de tan delicada comprehension que á ser bien fund&da expucie– ra esta Real Escuela su total ruina: porque por los mis– mos principios se podria propender á la caducidad de todas las <lemas concignaciones establecidas á favor de los Cathedraticos, assi las que dimanan de la liberal gra– cia de Su Magestad como las que tienen su origen en las piadosas, utiles fundaciones peculiares de las <lemas Or– denes religiosas1, bien que se concibe el Claustro en ple– na seguridad de que por otra parte se indica en igual re– curso tan calumnioso, y tan destituido de fundamento, no osbtante el exemplo que da en la ocasion el Padre Prior á quien si deve serlo, y del mas poderoso influxo el que le ofrecen las demas Religiones. Pues prescindiendo d e las Cathedras de todas Facultades de Real ereccion que hacen el fondo principal de Maestros en esta Univer– cidad, tienen aquellas en su particular Cathedras sepa– radas que se sirven respectivamente por sugetos de su orden, que todas gozan dotacion competente que se sa– tisface con llanesa, y lo que es mas se ha restablecido en algnnas mui recientemente el menoscabo, y detrimen– to á que havian benido, á cuya clase pertenesen las dos de la Religion de la Merced, ambas de Prima una del Angelico Doctor Santo Thomas y otra nueva de Escritu– ra, que lo havia sido antes de la Escuela de Suarez, la que havia perdido todo el fondo sobre que fue constitui– da, y la primera su mayor parte. Que la Religion de Santo Domingo posee dos Cathedras de Prima, y de Vísperas también del mismo Angelico Doctor, erigidas por Real merced, sirviendole para ello de titulo dos Leyes Recopi– ladas entre las de estos Dominios, con el conciderable se– ñalamiento de Salarios que se hace ver por ellas mismas, los que aunque padecen dilatada demora en su paga es
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