La universidad: libro XIV de claustros (1780 -1790)
LIBRO XIV DE CLAUSTROS 247 la exprecion de que entrase á poseer la Cathedr a con el goze de la renta que le era asignada, y que sobre este par– ticular é imbencible tropieso que impide del todo el arbitrio mientras no se verifique vacante; aun en caso de haverla seria inadmisible la oferta. Porque las Cathe– dras indotadas no se sirvan regularmente con el esmero, y puntualidad que se desea, ni admiten apremio que ase– gure su cumplimiento, por lo que apenas pueden tolerar– :;e (precindiendo de los que por instituto no pueden re– civir estipendio) en Jovenes que aspiran á acreditarse pa– ra otros asenzos, siendo la retribucion correspondiente á estos la que á ellos le sirve de estimulo para el buen de.– sempeño de sus obligaciones; y á la Superioridad de rien· da mediante el temor de que en otra forma se despropor– cionarían para mejorar de suerte. Que en reconocimien– to de esta verdad el Rey nuestro Señor no quiere que halla Cathedras destituidas de dotacion, y reputa esta como esencial á aquella especie de servicios; y assi se acaba de ver en estos dias que sobre una simple enunciatiba pro– ducida á Su Magestad por el Señor Superintendente Ge– neral Don Jorge de Escobedo en que exprezaba haver per– dido doscientos pesos de salario la Cathedra de Digesto Viejo propria en esta Universidad del Real y Mayor Co– legio de San Felipe en el ambiguo, y estinguido ramo de residuos, ha mandado ae proprio movimiento que se re– pongan de otro Ramo sobre cuya dignacion se si fue ex– pediente. Que es superfluo mencionar comprobantes, y exem– plos de esta verdad estando tan á la mano las Cathedras mismas que se pretenden despojar de sus salarios , y que sean servidas gratuitamente. Porque haviendose expedido la Real Gracia de su creacion desde el año de mil seiscien– tos noventa y dos no consiguieron su ultima, y cabal con– finnacion hasta el de mil setecientos y quinze, ya bien persuadido Su Magestad de que tenian la subsistencia ne– sesaria con la firme asignacion que se le habia hecho de salarios vaxo de cuya calidad salió la merced primera, segun se hace ver por el Real Despacho que se halla en testimonio á fojas 8, y en el Superior Decreto de fojas 47 relativo á Ja ereccion primera, se llama expresamente condicion de la Real gracia que se hizo á este Provincia la de dotar completamente fa<l Cathedras que peculiar-
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