La universidad: libro XIV de claustros (1780 -1790)

LIBRO XIV DE CLAUSTROS 67 tellanos. Haviendose instruido del merito, y circunstancias de la ca:usa por la lectura que hizo el Vedel mayor de aque– llos documentos y de un Escrito presentado en el Claustro por el actual Secretario Don Bernabe Cortijo diciendo de agravio de la providencia, protextando sus recursos, y pi– diendo que entre tanto se suspendiese la pocesion manda– da dar por Vuestra Fxcelencia. Los Doctores y Maestros de unanime consentimiento fueron de dictamen que el re– curso del actual Secretario era legal. Que se devia suspen– der la pocesion á Don Clemente Castellanos y que entre tanto se Ymformase á Vuestra: Exelencia. Assi lo executan con su mayo rrespeto. Con noticia, y ciencia de Don Clemente Castellanos y con contradiccion suya á mas de un Año, que no con mo– tivo de absoluta imposibilidad del ~ctual Secretario solo si por su edad avanzada, y las quiebras de salud que en la actualidad havia sufrido esta Real Universidad y Claustro de mas de cien Doctores á pedimento suyo, y en atencion al merito que se havia adquirido en mas de quarenta años de servicio á la Escuela, á su calidad Yllustre, á la suma pobreza de su honrada familia, y á la actitud en que se hallaba para este Empleo un Nieto suyo, que lo es Don Ma– riano de Llanos. Substituyó á este en la Secretaria con obcion á la vacante por muerte de su Abuelo. Se le recibió el juramento de Oficio, se le dio la pocesion del, y pasan– do á dar parte á Vuestra Exelencia se dignó aprovar y com– firmar lo actuado por el Claustro. De este hecho sierto, e incontextable, se dedücen dos principios que contradicen y anulan la gracia del Rescripto obtenido por Don Clemen– te, y justifican assi mismo la suspencion de su observan– cia. El primero es la falta de verdad en' las Preces con que se alcanzó: vicio que por todo derecho Canonico y Civil impide el cumplimiento del Rescripto, sea este gracia, ó de ju"sticia. Por ellas se Ymforma á Su Magestad que Don Bernabe Cortijo se halla absolutamente inhavil para desem– peñar los cargos de su Oficio, quando solo estuvo impedido por las emfermedades que aquel tiempo le sobrevinieron, y curado de ellas se ha mantenido todo este año llenan– dolos con exactitud y satisfaccion de la Escuela. Esta falta de verdad parese que previno la Real Mente, cuando para cautelada expresa en su Rescripto que solo concede aque– lla gracia en caso que sea sierta la inhavilidad del actual Secretario. Examinense sus obligaciones y se hallará en la

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