La universidad: libro XIV de claustros (1780 -1790)

(ff. 138v.) LIBRO XIV DE CLAUSTROS 79 su Oficio que alli se prescriben, so la pena de tres reales cada vez que faltare. Cómo pues será legal la pretencion de Don Clemente á la Secretaria de la Universidad quando por las citadas Leyes está impedido á la asistencia de la Real Escuela que prescriben las Constituciones 3 y 5 del Titulo 9. estando ligado á la de la Real Audiencia. Y aqui se haze bien manifiesta otra Subrepción con que ganó Don Clemente el Real Orden para la Substitucion de la Secre– taria, pues en dicho Real Orden no se nomina su Escriva– nia de Camara, que siendo Ymformado el Soberano de ella, segurar.G~nte no habria mandado librar la merced, que contradice sus proprias Leyes y liberada con error por la Suprepcion de las preces, estan todos los Cuerpos, y Tribunales que la adviertan en el caso que prebienen las Leyes 1-2 y 3 de las Recopiladas de Castilla, Libro 4. Titulo 14. de las proviciones, y Cedulas que se dan contra Ley, y en perjuicio de parte, y en que se manda que se obedescan, pero quei no se cumplan, y executen bajo la pe– na de perdimiento de Oficio; y esto aun quando las dichas Cedulas vengan con las Caratulas del motu proprio, cienta ciencia, y poderio Real absoluto. Y todas las razones por que el espíritu del Soberano es que floresca la Justicia, que no se obre, contra Ley, fuero,. costumbre, y derecho de par– te. Si pues el Real y Supremo Consejo, los Exelentisimos Señores Virreyes, las Reales Audiencias 7~ obedeciendo y no cumpliendo las Reales Cedulas ganadas con vicio, no se dice que disputan al Soberano sus facultades, antes si que son fieles vasallos suyos, como pues Don Clemente dice que la Real Universidad disputa al Soberano, y á Vuestra Exelencia sus facultades , porque obedece, y no cumple sus ordenes representando la justa causa que tiene para ello. Lexos de eso, seria tanto mas infiel, y menos justo en la verdadera obediencia al Rey, y á Vuestra Exelencia que dignamente lo representa, quanto es un Cuerpo de Litera– tos que deben tener presentes las Leyes, y Ordenanzas de Su Magestad, para observarlas con arreglo á su Real Espi– ritu. Como pues dice Don Clemente/que la Universidad se excede en sus facultades, en representar á Vuestra Exelencia el caso en que esta de obedecer, y no cumplir el Real Orden de Substitucion, quando de no hazerlo asi faltaría á los deberes que le prescriben las Leyes, y á la Justicia que es el Alma de éstas? Por el incontextable he– cho de las preces de Don Clemente, por el ningun derecho

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