Los ideólogos: Cartas americanas

XX ALBERTO TAURO reduciéndolo a Escritura Pública se me dé testimonio de él, interponiendo para ello ~u autoridad en justicia. Lima Marzo 9 de 1841. (una rúbrica) Melchor Vidaurre Por recivido el Pliego serrado que se acompaña prosédase a su apertura en la forma prevenida por derecho, de fé el actuario del fallecimiento del doctor don Manuel Lorenzo Vidaurre, comparescan los testigos que concu– rrieron a su otorgamiento y fecho traygase para proveer lo que corresponda. Carrasco Fé de Muerte (al margen) Ante mí José de Se1aya Certifico que en este día que somos nuebe de Marzo de mil ochocientos cuarenta y uno Ví naturalmente muerto al doctor don Manuel Lorenzo Vidau– rre, a quien conocí y traté en vida, el que se hallaba tendido en el suelo sobre una estera con cuatro luces y la mortaja del hábito de San Francisco puesta a los pies, y haviendolo llamado tres veces por su nombre, no me contestó, que– dando por esto y por los síntomas y señales que manifestava un aspecto cadavérico, que havía pasado su alma de esta vida a la eternidad. Y en cum– plimiento de lo mandado en el auto anterior pongo la presente en Lima a las nueve de la mañana del día indicado. José de Selaya Declaración (al margen) En Lima y Marzo nuebe de mil ochocientos cuarenta y uno comparec10 ante el Señor Juez de primera Instancia doctor don Antonio Carrasco, Don Pablo Barrios a quien Su Señoría por ante mí le recibió juramento que lo hizo con arreglo a derecho bajo del cual ofreció decir verdad en lo que supiese y fuese preguntado y siéndolo con reconocimiento de la firma que se halla al pié del Certificado que obra en el pliego serrado que se le ha puesto de ma– nifiesto, y sí lo firmó a ruego del doctor don Manuel Lorenzo de Vidaurre dijo: que es verdad firmó a ruego del doctor Vidaurre el pliego cerrado que se le ha manifestado, que en su presencia se cerró, y que el mismo doctor Vi– daurre dijo contenía su testamento cuyo acto presenció el declarante como uno de los testigos llamado y rogado para este acto y que su firma es de su puño y letra y que está el pliego sellado y lacrado lo mismo que cuando lo firmó. Que lo dicho es la verdad en que se afirmó y ratificó que es mayor de treinta afios y no le tocan las generales de la ley y firmó rubricando antP el señor juez, doy fée. Pablo Antonio Barrios José de Selaya

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