Los ideólogos: Cartas americanas

456 MANUEL LORENZO DE V IDAURRE ¿Puede V. creer voluntad del pueblo la de los electores? Me contesta, de uingún modo. El pueblo debe nombrar sus representantes. Pues yo me retiro a beber una botella de vino en mi casa. - No será sino en la mía. - Le dí un estrechísimo abrazo, y comimos juntos. Por cierto que me hallo en los contrastes que forman la belleza y el placer según los conceptos de los filósofos. Una hora de esperanza, otra de temor: pero voy avanzando mucho: el pueblo cada minuto confía mas en mí, yo en la providencia. Amigo mío: no separemos los ojos de ese lugar donde habita el Santo. Di– rijámosle nuestras súplicas: roguémosle que liberte de las garras del pode– roso a los que son conducidos a la servidumbre. Si el Criador nos hizo li– bres, de justicia le corresponde defender nuestra libertad, como a m1 mani– festar a V. que soy su fiel amigo y S. S. Q. B. S. M. Manuel de Vidaurre. NOTA SOBRE UNA VISITA DE CARCEL: PRINCIPIOS FILANTROPICOS Lima y diciembre 7 de 1826. Sr. Ministro: Siempre en las visitas de cárcel que he practicado por delegación del Supremo Gobierno, tuve que presenciar sucesos en extremo escandalosos, y contrarios al sistema y principios1de una república. Ninguno más horri– ble que el que resulta del testimonio que tengo el honor de dirigir a V. S. Consta de él, que un sacerdote preso por el prefecto, y sin duda con orden verbal del prelado eclesiástico, ha estado en la cárcel desde el 25 de agosto, sin mandamiento de prisión, sin tomarle declaración instructiva, sin formár– sele causa, ni consentírsele que se presente a los jueces en ninguna de las visitas semanales. Este infeliz rola con los asesinos, ladrones y mayores delincuentes, sin atenderse a su edad ni a su estado. Si cuando se violan los derechos sagrados del hombre, le fuese al magistrado permitido imponer la pena del talión, no habría juez que se atreviese a semejantes atentados. Este asunto exige un escarmiento muy serio; y es preciso que el mundo entienda, que en ningún pueblo civilizado se administra la justicia con el rigor y exactitud que en el Perú. El clérigo debe ser puesto inmediatamen– te en libertad, y formársele causa a los autores de la detención arbitraria. Igualmente represento a S. E. el Consejo de Gobierno por el respe– table órgano de V. S. que entre los presos de cuyas causas conoce el Conse– jo militar permanente, se hallan muchos por indicios y sospechas; según la

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