Los ideólogos: Cartas americanas

490 MANUEL LORENZO DE VrnAURRE RESPONDO Esta es una interpretación que destruye la CaTta y los fundamentos de un gobierno democrático representativo. Juzgando así, se limitan, o por mejor decir se destruyen las facultades que tienen y deben tener los electores. Esto era únicamente posible, cuando el número de provincias sólo fueTa veinticuatro, y no como son cincuenta y ocho; o que las cámaras se compusiesen de ciento setenta y cuatro, que es el número de cincuenta y ocho multiplicado por tres. Supongamos, que no se observa el artículo que ordena, que las elec– ciones se hagan en las respectivas capitales de provincia; pero entonces afirmaremos que para cumplir este aTtÍculo estrictamente, es menester que– brantar el otro en que se previene que el Poder Legislativo emane inmedia– tamente de los cuerpos electorales. ¿Cuál será el partido que debe tomar– se? En lo físico y en lo político, el menor mal es un bien. La regla pTi– mera de la sociedad es amparar las propiedades. ¿Y respetaremos una pro– piedad, si de ello resulta que peligre la Patria? Nosotros no somos los culpables en estos inconvenientes. A lo que se agrega, que reunidos los cuerpos electornles para el nombramiento, el defecto, si hay alguno, es le– vísimo; a saber el lugar: y privar a los electores de la potestad de nombrar tribunos, senadores y censores a la vez, abre una brecha terrible a la Cons– titución. Entremrs más al fondo de la mateTia. ¿Qué trae mejores resulta– dos en favor de la libertad e independencia? ¿Esas porciones de elecciones, o la elección del modo que la propongo? Aquella elección es más segura, que está menos expuesta a la coacción, al cohecho, a la intriga; aquella en que se procede con conocimiento más extenso de las personas que puedan ser elegidas; aquellas que se practican en los lugares más públicos, y donde se pueden recibir mejores luces y consejos. ¿Será lo mismo elegiT un Se– nador en Santa, un Tribuno en Cañete, un Censor en lea, que reunidos to– dos en Lima elegir once personas entre senadores, tribunos y censores? La capital no puede elegir ni tribunos, ni senadOTes. ¿Será muy contenta de una tal determinación? Señores: fuera de unos pocos lugares, en los de– más, un Prefecto, un Intendente, un Cura, dispondrán a su arbitrio de esas miserables fracciones. Las elecciones nada tendrán de libres, serán unos actos tan distantes de lo que apaTezca en los papeles, como el día de la no– che. La Constitución no tiene otro fin, que asegurar la libertad del hom– bre y · sus derechos: todos los medios deben dirigirse a este fin. ¿Cuál Constitución será la más perfecta? Aquella en que los tres poderes sin oponerse el uno al otro, y moviéndose todos al mismo punto que es asegurar la libeTtad individual y ]as propiedades, sean más indepen– dientes entre sí. Y entre estos tres poderes ¿cuál será aquel que debe el pueblo cautelar más para que no oprima a los ·otros? Sin duda aquél en

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx