Los ideólogos: Cartas americanas

498 MANUEL LORENZO DE VIDAURRE ACTA DEL CABILDO En la ciudad de Lima, Capital de la República Peruana, en veinti– siete días del mes de enero de mil ochocientos veintisiete: Teunidos en es– ta casa consistorial los vecinos de esta ciudad, compuesto de muchos indi– viduos, y entre ellos los que eran alcaldes y regidores, a saber: D. Manuel de Salazar y Vicuña, el D. D. Pascual Antonio de Gárate, D. José Durán, D. Juan Gualberto Menacho, D. Isidro Perla, D. Martín Magán, D. Fran– cisco Merino, D. Juan Seguín, D. Luis Lobatón, D. MaTiano Manjarres, D. Cosme Agustín Pitot, D. Ignacio Cavero y Salazar, D. Pascual Guerre– ro, D. Hipólito Domínguez, D. Antonio Rodríguez, D. José Espino; los Sín– dicos D. Juan Manuel Campo Blanco; y D. Bias José Alzamora se trató por ante mí el secretario suplente de la Municipalidad lo siguiente. Que siendo un clamor general de todos los habitantes de este benemérito pueblo, seculares eclesiásticos, y de todas clases y condiciones, que debía Teunirse el Cabildo disuelto por una Constitución que no fue el voto libre de la Na– ción, que se admitió por unos individuos que absolutamente carecían de personería para ello; pues habiendo sido nombrados sólo para' elegir repre– sentantes con arreglo a la Constitución peruana, quedaron concluidas sus funciones y poder, en el momento mismo en que eligieron esos respetables personeros; habiendo también intervenido otras causas que la política no permit.e detallar; contando sobre todo con que el ilustre gran mariscal don Andrés de Santa Cruz, no sofocaría jamás la voz de sus compatriotas, ni consentiría que permaneciese sobre nosotros el yugo de las armas; y mucho menos que las calles de esta ciudad se inundasen con la sangre de soldados Y paisanos; finalmente persuadidos de que la emisión de las voces de Lima, es en esta parte la de todas las ciudades y villas, y aun de los más pequeños distritos del Perú~ no habiendo cosa más justa ni más santa, como que el pacto social contenido en las constituciones sea espontáneo, y muy distan– te de toda coacción; no creyéndose jamás, que por no consentir ni continuar con la Constitución de BoHvar seamos ingratos a un hérne libertador, que nunca pudo pensar que se nos obligase a recibirla antes de ser discutida Y aprobada por un Congreso legítimo, con la mayor voluntad dijeron dichos señores, que accedían y accedieron a la convocatoria de sus compatriotas, y en su consecuencia se unieron a ellos con fieles sentimientos; y en su vir– tud suplicaron a S. E. el señor Presidente gran mariscal don Andrés de Santa Cruz, que por cuanto lo que habían alegado y expuesto es del mavor fundamento. inmediatamente proceda a convocar un Congreso extraordina– rio constituyente, en todo conforme a los artículos de la Constituci6n Pe– ruana, sancionada en el año de veintitrés, y jurada en esta Capital; procP-– diéndose a las elecciones y demás actos legales, de modo que dicho Con– "reso, necesariamente sea instalado en el perentorio término de tres meses,

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