Los ideólogos: Hipólito Unanue
HIPOLITO UNANUE 85 tos lugares de Jerusalén y casa de Niños Huérfanos de esta ciu– dad, cuyo total de cinco pesos, aparto de mis bienes. 3? I tem: Declaren, que yo declaro por mis bienes todos los que se hallaren y parecieran ser míos, al tiempo de mi fallecimien– to, los mismos que quedan aclarados y destinados por mí, en _la referida memoria, a quien según dejo determinado debe arreglar– se mi testamento. Item: Declaren que yo declaro fui casado y velado según or– den de nuestra santa madre Iglesia, de primeras nupcias con Doña Manuela de la Cuba, de quien no tuve ningún hijo, como lo decla– ro así para que conste. ltem: Declaren que yo declaro fui albacea y heredero de la dicha Doña Manuela de la Cuba, mi esposa, y que he cumplido to– do lo dispuesto por ella y lo declaro así, para que siempre conste. Hem: Declaren que yo declaro soy casado y velado al presen– te, según orden de nuestra santa madre Iglesia, con Doña Josefa CubaA de cuyo matrimonio tenemos por nuestros hijos legítimos a Don Germán, Don José, Doña Jesús, Doña Francisca y Doña Ro– sa Unanue y Cuba, declaro por tales mis hijos legítimos y de la citada mi mujer, para que siempre conste. Item: declaren que yo declaro que la dicha Doña Josefa Cuba, mi mujer, trajo al matrimonio seis mil pesos, tres mil que le dejó su tía Doña Manuela, mi primera esposa y tres mil en que yo la doté al tiempo de contraer matrimonio, con los cuales y con los gananciales que le corresponde en el t iempo del matrimonio, ascenderá su haber al tercio de su valor de todos los bienes que quedan y dejo individualizados en la memoria a que debe arreglar– se mi testamento. Item: Declaren que yo declaro que he sido albacea y heredero del Señor Don Agustín de Landaburu; tutor y curador de sus hijos y que he cumplido con todas las obligaciones anexas al cargo, se– gún aparecerá en mi memoria testamentaria y de los documentos y demás papeles de su testamentaría, cuyas cuentas han sido pre– sentadas a la justicia y aprobadas, las cuales han corrido por an– te el presente Escribano y existen archivadas en su oficio público y lo declaro así para que siempre conste. Y para cumplir y pagar este poder para testar y el testamen– to que en su virtud se hiciere, con arreglo a la memoria que va expresada, se nombre que yo nombro por mis albaceas y tenedo– res de bienes a la referida Doña Jesús Unanue y Cuba y a su legí– timo marido Don Francisco Matalinares, de mancomún y en pri-
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