Los ideólogos: Hipólito Unanue

HIPOLITO UNANUE 99 sos, pues estando la Tesorería General sumamente exhausta para pagar sus gastos, no se encontraba quien prestase di· nero, ni a un 24% y que con mil pesos que de mis créditos contra el Estado diese en billetes, se me devolverían cuaren– ta y cuatro mil pesos, de los que verá la cláusula 13 que se reconocían a mi favor en la casa de Moneda, y fueron sub– rogados en varios censos por el gobierno de la Patria y de que había sido despojado en el año de 1828; los que unidos a los dieciséis mil pesos mencionados, formaban un capital de sesenta mil pesos que se me darían en bienes nacionales. La propuesta me era muy desventajosa y la devolución de los 44 mil pesos puramente nominal, porque los tales Bienes Na– cionales se estaban vendiendo por cuenta de billetes de crédi– tos contra el Estado, por sueldos, reformas y otras causas y el valor de dichos billetes había bajado al ínfimo de venderse por el 15 % , de manera que con diez mil pesos en dinero efec– tivo, habría yo compra.do los sesenta mil en Bienes Naciona– les, y me habría quedado cinco mil en dinero. En cuanto a intereses aún era mayor la desventaja, pues como la mayor parte de los censos que se me daban estaban sobre tierras que sólo pagaban un dos por ciento, no pasaban todos sus intereses de mil trescientos pesos al año, y de dificil cobro, mientras que aunque yo no hubiese dado al Gobierno los quince mil pesos al 24, a que corrían en el comercio, pagan– do al 2 % mensual, y sólo los hubiera dado a un 20 por ha– cer ese servicio, los quince mil pesos daban de rédito, tres mil pesos. No obstante, por ciertas circunstancias del tiem– po, dando por perdida la acción a los 44 mil pesos y recibien– do el rédito de esos bienes, como parte de indemnización de lo que dejaban de pagárseme, tuve que acceder a la solicitud del Señor Ministro. En consecuencia, por Supremo Decreto de 24 de febrero de 1830, se mandaron hacer las aplicaciones si– guientes: Se cancelaron por los administradores del Tesoro, ante Don José Joaquín Luque, en 26 de febrero de dicho año de 1830, al margen de la escritura original, once mil pesos de una imposición hecha por Don Antonio Zabala de un vínculo fundado por Doña María Fernández de Córdova, que gravaba sobre la hacienda de Mataratones y por escritura otorgada en la Dirección de Consolidación ante Don José Escudero Sici– lia, se aplicaron once mil quinientos ochenta pesos de un cen– so sobre la hacienda de San Jacinto, en laudos de Don Claudia

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