Los ideólogos: Hipólito Unanue

HIPOLITO UNANUE 101 ridos cuatro mil pesos a favor de la Capellanía de Villegas, que gravaban esta casa, quedan líquidos 16,159 pesos que pos– teriormente me adjudicaron, en cuenta de los cuarenta y cua– tro mil pesos de que se habla en la cláusula antecedente, con cuya advertencia se evita toda equivocación provenida de las varias incidencias que ha tenido en su giro el expediente. N<:> 24 .No por lo que dejo expuesto entre los intereses que ganaba el Estado y yo perdía en la cláusula 22, que yo entraba en esas negociaciones producidas por las miserias del tiempo, ni tenía necesidad porque quince mil pesos en efectivo podían producir ventajas equivalentes mucho mejor satisfechas. N? 25 Por escritura otorgada en la consolidación ante su escriba– no Don José Escudero Sicilia, en 6 de setiembre de 1831, se amortizaron a Don Francisco Gonzáles Pavón dos capitales, el uno de dos mil quinientos pesos que grava la casa de Doña Josefa Irarrázabal en la calle de Santa Teresa y el otro de dos mil pesos de Doña María Encarnación Salas, ambas im– posiciones al 3 % , las mismas que me pertenecen, como apa– rece de la declaración del referido Francisco Gonzáles en 7 del mencionado mes de setiembre y consta del testimonio de la escritura que se halla en mi archivo con las demás de su clase. N? 26 Por escritura otorgada ante Don Gerónimo Villafuerte, en 29 de noviembre de 1823, Don Miguel Tenorio se obligó a mi favor por la cantidad de tres mil pesos, al 5 % , con especial hipoteca de su casa en la calle del Puno, y habiendo pagado mil pesos, quedó debiendo dos mil. Véase la escritura bajo del N? 2 en el legajo de obligaciones que está unido a mi li– bro de caja. El producto de este principal, que es de cien pesos al año, servirá para el pago de los censos que gravan la casa de mi habitación, calle del Lechuga!. Ni;i 27 Por escritura otorgada ante Don Gerónimo Villafuerte, en 16 de junio de 1821, el General de la Riva Agüero se obligó a mi favor por la cantidad de tres mil pesos, al 5%, con hi– poteca de dos casas, una frente a San Agustín y la otra frente a las Monjas Descalzas, que heredó de la Señora Marquesa viuda de Montealegre y posteriormente, por escritura otorga– da en 5 de diciembre de 1831, ante el propio escribano y ba– jo las mismas condiciones, se obligó por mil pesos de rédi– tos vencidos, los que reunidos a los tres mil, forman el ca– pital de cuatro mil pesos. Véanse los documentos en el le-

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx