Los ideólogos: Hipólito Unanue

HIPOLITO UNANUE 117 te Escribano. Que no habiéndose presentado postor alguno hasta julio del mismo año, ofreció por ella Don Miguel Te– norio, por encargo del Señor Unanue, veintitrés mil doscien– tos veintinueve pesos, todos los que pertenecían a principa- les de censos. Que el remate se verificó en Tenorio, en vein– te mil dos cientos veintinueve pesos, que correspondían a va– rios capitales impuestos a censo; y que el señor Unanue, re– dimió dicha casa de los censos indicados, a excepción de unos cuatro mil pesos, pertenecientes a Cosme Fiscayo, Monjas de la Concepción y Santa Catalina, para cuya extinción indicaría después otros capitales de censos equivalentes. Que también había gastado algunos miles en refaccionarla y hacer nuevas piezas para que pudiere vivir con desahogo su familia, como lo declaramos así, a su nombre, para que siempre conste.- 27<?-ltem: Declaramos, como declaró dicho señor en la cláusula quince de su Memoria, que don Agustín Landaburu, por sí y como heredero de sus padres, era responsable, a diferentes testamentarías, de las cuales hizo mención en el Testamen– to, que en virtud de su poder, otorgó a su nombre ante el pre– sente Escribano en dieciseis de agosto de mil ochocientos die– ciséis y que todas esas responsabilidades estaban satisfechas en descargo de la conciencia de Don Agustín y de mi pa– dre y lo expresamos así a su nombre, para que siempre cons– te.- 28<?-ltem: Declaramos, como declaró el referido señor en la cláu– sula dieciséis de su Memoria, que fue albacea de Don Juan José Belzunce y que cumplió con todo lo mandado por el tes– tador, según constaba por el legajo de papeles tiulados Tes– tamentaría de Don Juan José Belzunce que dejaba en su ar– chivo y lo exponemos así a su nombre, para que siempre conste.- 29<?-Item: Declaramos, como declaró el referido señor en la cita.. da cláusula dieciséis, que en el año de mil setecientos seten– ta y uno, Don Juan José Belzunce fue elegido por la justicia, albacea de Don Carlos Angulo, por haber renunciado ese alba· ceazgo los de Don Juan Antonio Bustamante, a quien Angulo había nombrado para desempeñar ese cargo. Que los princi– pales bienes de esa testamentaria consistían en diez mil pesos al seis por ciento, que debía la casa de los señores Borda. Que Angulo dejó esos intereses a favor de una señora nombra– da Prieto y mandó que después de sus días se fundase una Capellanía Patronato de Legos, con el cargo de cien misas. Que

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