Los ideólogos: Hipólito Unanue
HIPOLITO UNANUE 695 Decreto !<:>. Que ningún Jues por sí ni por interposita persona admi– nistre los bienes secuestrados. 2<:>. Que los Jueces Subalternos, como son los Gobernadores respecto de los Intendentes, den cuenta á estos de los bienes embar– gados en sus distritos para que se arrienden bajo las estipulacio– nes mas utiles, ó se noinbreri administradores de actividad, y co– nocida conducta entretanto se determina otra cosa. 3<?. Que den cuenta a los Prefectos para la aprobación de lo que hubiesen hecho y estos al Ministerio de Hacienda. 4<?. Que por el Ministerio de Hacienda siempre que se tenga por conveniente, se designen personas que examinen y tomen cuen– tas, á todos los que hasta aquí han estado encargados ó estubie– sen en lo sucesivo de los fundos secuestrados, además de la que ordinariamente deben dar. 5<? Que con el fin de protejer la Agricultura se guarde lo man– dado en la circular de 27 de Diciembre último dirijida a los Inten– dentes de este Departamento, para que a todas las personas que en las varias ocupaciones que ha hecho el enemigo en esta Capital y sus inmediaciones, se hubiesen quedado y mantenido pasivamen: te, se les devuelvan sus propiedades imponiendoles una contribu– ción para las urgencias del Estado por el beneficio que reciben, proporcionada a los intereses que se les restituyen, y al grado de influencia que puedan haber tenjdo con respecto al Enemigo. Im– prímase y circúlese á quienes corresponda. Dado en el Palacio del Supremo Gobierno en Lima á 13 de Febrero de 1825. Simón Bolivar == Por orden de S.E. == Hipólito Unanue Es copia Taramona A. CEHMP-Leg 29-Doc 34 *
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