Los ideólogos: Hipólito Unanue
HIPOLITO UNANUE 45 tros bienes habidos y por haber y que conforme a derecho po– demos y debemos obligar con Poder a las Justicias y Jueces de esta Corte y demás que de nuestras causas puedan y deban co– nocer, para que a lo referido nos ejecuten como por sentencia pasada en cosa juzgada y renunciamos todas las demás Leyes, fueros y derechos de nuestro favor y la general que lo prohibe. A mas de todo esto, yo el Doctor Don Hipólito Unanue, obligo e hipoteco por especial expresa obligación, las mencionadas Ha- ciendas de Matarratones, Gómez y Pepián, para no poder vender, hacer cambiar, ni en manera alguna enagenar, si no es con este gravamen de los once mil ochocientos setenta pesos, siempre y cuando no haga constar su redención y lo que en contrario hi– ciere sea en sí nulo, de ningún valor ni efecto. Hecho en Lima y Diciembre treinta y uno de mil ochocientos veinte uno y pri– mero de su Independencia. Y el honorable e ilustrísimo Señor Doctor Don Hipólito Unanue, Ministro de Hacienda, y Don José Antonio de la Vanda y Vanda a quienes doy fe conozco, lo firmaron, siendo testigos Don José de Torres, Don Manuel Carbajal y Don Martín del Risco. Hipólito Unanue José Antonio de la Vanda Ante mi José Mariano de la Rosa Escribano Público A. G. de la N. - José María de la Rosa. 1820-1821. Folio 521, 522 vta. * AÑO: 1833 33 Pago: DEL DOCTOR DON HIPOLJTO UNANUE A DON JUAN JOSE GARCIA En Lima y julio trece de mil ochocientos treinta y tres, ante mi el escribano y testigos, pareció el señor D.D. Hipólito Unanue,
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