Los ideólogos: Hipólito Unanue

HIPOLITO UNANUE 47 Real que no le vi en esta Provincia, pareció el Coronel Don Agus– tín Hipólito de Landaburu Rivera, vecino y hacendado en ella, a quien certifico conozco y otorgo queda su poder cumplido, el que de derecho se requiere y es necesario, al Teniente Coronel Don Juan José de Belzunce y Salazar, su hermano residente en la ciudad de Lima, para que en su nombre y representando su propia persona, otorgue escritura ante cualquier Escribano pú– blico o Real de Subrogación de un censo de seis: mil pesos de principal, pertenecientes al Aniversario y Capellanía que sirve el Doctor Don José Lazo de Híjar, Cura de la Doctrina de Latte, que está impuesto en unas tierras nombradas Canllar, de que es dueño el otorgante, que están en el valle de Chincha y para cuya mayor seguridad hipotecó la hacienda nombrada Casablanca, que está en este valle, y vendió a los RR. PP. de la Religión de la Buena Muerte y a fin de libertarlo de esta hipoteca, obligué y otorgué en su lugar la hacienda nombrada Mata Ratones. que posee el otorgante en este valle y compró en remate público en la ciudad de Lima por bienes de Don Juan Bautista Belzunce, con todos los aperos, esclavos y refacción que ha hecho en ella, otorgando la Escritura con todas las cláusulas, fuerzas y firme– zas que se requieran para su mayor validación, que de la suerte y manera que por el dicho Teniente Coronel Don Juan José fue– sen hecha. El otorgante la hace, otorga, aprueba y ratifica y se obliga a estar y pasar por ella, como si a su otorgamiento fuese presente que el Poder que para lo referido se requiere y es ne– cesario ese le dá y otorga con libre y general administración y a la firmeza y cumplimiento de lo que en virtud de este Poder ejecutare obliga sus bienes, habidos y por haber y dio Poder cumplido a las Justicias y Jueces de Su Majestad, de cualquier parte que sean, para que este ireferido le compelan y apremien como por sentencia pasada en :autorildad de cosa juzgada sobre que renuncio las demás Leyes, fueros y derechos de su favor y la general que lo prohibe y así lo dijo, otorgó y firmó, junta– mente conmigo dicho Corregidor y los testigos de mi actuación lo fueron el Padre Provincial Fr. Bernardo de Rosas, Don Julián de Lima y Lino de Urrola. Miguel Valiente Agustín de Landaburu Julián de Lima Lino de Urrola A. G. de al N. - Agustín Gerónimo de Portalanza, 1761-1763. Folio 376, 376 vta. *

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