Los ideólogos: José Baquíjano y Carrillo

JOSE BAQUIJANO Y CARRILLO 117 sus respectivos jefes aquella bella armonía que franqueaba el pa– so a la puntual ejecución de las órdenes de nuestro soberano. [54] ¿Qué diga el señor Intendente o cualquiera otro de los ministros encargados del Establecimiento de Aduana, Estanco de tabaco, naipes y demás impuestos relativos al comercio libre, si jamás tuvieron el menor tropiezo con nuestro virrey, o hubo al– guno de sus subalternos que se atreviese a levantar la voz y re– clamar contra las nuevas imposiciones? Sin embargo del contrario ejemplo que le daban los otros virreinatos, aquí se planifica y se hace todo lo que el rey ordena, sin el más leve amago de tumul– to, porque, de acuerdo nuestro jefe con los ejecutores, nadie oyó contestar las públicas utilidades que al estado y su corona pro– porcionan los Reales mandatos y, al ejemplo de su virrey, se so– meten todos gustosos a la voluntad del soberano. Y ¿será ésto haber procurado con espíritu menos noble que el de los europeos el sosiego de nuestro amado monarca? [55] El bien de la patria, finalmente, se ve atendido con tal nobleza de espíritu que, sólo cerrando los ojos a los públicos mo– numentos que lo decoran, se dejará de reconocer. La fundación de los Estudios mayores y menores, el recogimiento de las muje– res públicas, la Casa de Expósitos, la imprenta, el Protomedica– to y otros útiles establecimientos, son argumentos incontestables de su celo por el bien público, y recordarán perpetuamente su beneficencia en la sucesión de los siglos. [56] Sobre todo, su generosidad y desinterés en el ejercicio de su cargo bendecirán perennemente su memoria, y lo harán ver a la posteridad como un modelo perfecto a que se debían ajustar todos sus sucesores. Porque, para decirlo de una vez, no sólo ha proscrito la venalidad de los empleos y corregimientos, origen fu– nesto de la tiranía de los provistos, que condujo los pueblos a la rebelión, y abolido los exorbitantes gajes y tarifas de los títulos y despachos que tanto agravan el peso de las compradas merce– des, sino que, con la misma razón que el supremo gobernador de los israelitas, Samuel, (*) puede decir a estos sus pueblos: Lo– quimini de me coram Domino, et coram Christo ejus, utrum bo~ vem cujusquan tulerim, aut asinum; si quempiam calumniatus sum, si oppressi aliquem, si de manu cujusquam munus accepi; (*) Lib. 1<? Reg. cap. XII. v. 3.

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