Los ideólogos: José Baquíjano y Carrillo
162 MIGUEL MATICORENA ESTRADA [153] Aun es más admirable este prodigio, si se reflexiona que dichos establecimientos no trascendían, en manera alguna, a los indios que fueron los sublevados, por cuanto éstos ni usan del ta– baco, sea en polvo o en humo, ni menos contribuyen, en cosa al– guna, para las aduanas por el comercio de sus frutos. Su grava– men todo se reduce a los tributos que pagan en señal de su vasa– llaje, y por medio de esta contribución están a cubierto de todos los derechos que tienen sobre sí los demás vasallos. Y en vista de esto, ¿cómo se podrá dejar de calificar como un prodigio el más extraordinario, el de influjo y causalidad que se atribuye a los establecimientos de la Aduana y Estanco respecto a la rebelión de los indios? ¿Qué? ¿Aquellos establecimiento, en calidad de cau– sas morales, después de producir sus malignos efectos donde no existen, sólo han de ser activos con los que no tocan, ni sienten efluvio de su perjudicial virtud? ¿Quién vió jamás causa alguna de constitución y temperamento tan singular que, siendo incapaz de producir un efecto en el lugar y país en que obra y respecto de aquellos a quienes se comunica, sea, no obstante, activa y efi– caz para producirlo donde no existe ni opera y respecto de aque– llos a quienes no toca ni alcanza su virtud? Pues tales son los establecimientos de Aduana y Estanco del tabaco; ellos no han tu– multuado las provincias en que existen ni a los vasallos sobre que gravan sus leyes, pero han sublevado los pueblos en que no tienen lugar alguno, y han arrojado en los mayores excesos a los que no sentían ni percibían el daño de sus efectos. Tal es la quimera que se ha forjado la emulación del actual ministro para hacer odiosa su conducta en esta América. [ 154] Pero apuremos esta ilusión y hagamos una anatómica disposición del cuerpo de semejante monstruo. Ya noté desde el primer capítulo lo que, después de muchos años, sufrían los indios del Perú por causa de los repartimientos de sus corregidores. En las Reales cédulas y órdenes que indiqué, se dan una suficiente idea de los funestos efectos que, en todos tiempos, ha producido el comercio que se apropiaron los corregidores en los pueblos de su Jurisdicción, contra las más justas y santas leyes de estos reinos. El soberano mismo ha conocido que las trágicas muertes de los corregidores y sus tenientes, de resultas de los varios tumultos de los indios, no han tenido otro origen que la tiranía que ejercitaba en ellos la codicia en expediente de sus repartimientos. Y aun cuando esta experiencia no se hallara así ejecutoriada, la cosa habla por sí misma y hace ver a todo el mundo que sólo por un mi-
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