Los ideólogos: José Baquíjano y Carrillo

252 MIGUEL MATICORENA ESTRADA dominios las obras de Maquiavelo, Linguet, Raynal, Montesquieu y demás sujetos á igual prohibición, ·dando desde luego las pro– videncias más eficaces para que no se introduzcan en aquellos dominios, y proponiendo las que regulen convenientes para cor– tar este abuso. Finalmente, que velen sobre la conducta y partes del doctor Baquíjano, amonestándole severamente sobre su libertad en este papel, y sobre el uso de semejantes libros, procediendo de acuer– do con el Arzobispo a tomar otra cualquiera providencia, si la contemplan necesaria para su corrección, cuyo particular podrá fiarse a su prudencia y discreción. 28 de Julio de 85. Como propone la Mesa, omitiendo la concurrencia del Arzo– bispo, porque Baquíjano no es dérigo sino seglar libertino. 7 de Agosto. Fecho a 10 dicho. Lima, 28 de Febrero de 87: El Virrey dice que luego que reci– bió la real orden de 10 de Agosto, llamó a don José Baquíjano, quien, arrepentido del desagrado con que S. M. manifestaba haber visto su obra, prometió la enmienda y que entregaría cuantos ejemplares tuviese de ella, como también los demás que se expre– saban, lo que de hecho se verificó, como se manifiesta del testimo– nio que acompaña. Para cortar de raíz que se imprimiesen semejantes libros y la introducción de los prohibidos, hizo publicar un edicto para que no se diese a la imprenta libro alguno sin preceder licencia del gobierno, lo que debía entenderse con la Universidad, sin em– bargo de la posesión en que se hallaba de lo contrario, y que las facturas o cajones de libros que viniesen a la capital se pasasen al tribunal de la Inquisición para su reconocimiento después que se despachasen en la Aduana. El tribunal de la Inquisición había consultado en el año de 84 que se reconociesen las librerías públicas. El virrey accedió a esta solicitud y nombró por parte del gobierno a fray Diego Cis– neros, del orden de san Gerónimo, para que concurriese a estos reconocimientos con los comisionados del tribunal, y al de los ca– jones ó facturas de libros que viniesen. En este estado le pasó oficio la Inquisición expresando que, no teniendo en las casas de su establecimiento pieza proporcio– nada para el depósito de los cajones de libros, interin se recono– cían, era indispensable seguir la costumbre de que los dueños los

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