Los ideólogos: José Baquíjano y Carrillo
JOSE BAQUIJANO Y CARRILLO 351 nas, se reivindica para sí. De igual manera hablan sinceramente por una sola boca sobre que en la especie de nuestra ley el fidei– cqmiso es originado rectamente del amor del padre para con sus hijos y del testador para con el compañero. Sobre estos eminentísimos varones guías, en cuanto las an– gustias del tiempo lo permitan -porque los granitos de arena trabajan más velozmente que mi deseo- proferimos algunos oráculos del derecho, en los que comprobaremos sobre el espe– cial amor del testador, que las trastocadas fórmulas del derecho y la propiedad de las palabras han sido, bien profundamente me– nospreciadas, bien tenidas por menores. Nuestro SCEVOLA (81) expresa esto: "A Dama y Pánfilo, a quienes había manumitido en testamento, les dio una hacienda para que la restituyeran a sus hijos después de su muerte. En el mismo testamento pidió de sus herederos que manumitieran a Pánfila, la cual Pánfila era hija natural de Pánfilo. El mismo Pán– filo, llegado el día de su legado testamentario, instituyó como he– redero en testamento a Mevio, y confió de la fe de éste para que su heredad (esto es, la mitad del fundo arriba señalado, que tenía como única entre sus bienes por el testamento de su patrona) se restituyera a Pánfila, su hija, siendo primeramente liberada. Pregunto: manumisa Pánfila, por testamento superior del padre de su patrona, puede, acaso, por testamento del padre natural, poseída la razón de la ley Falcidia por razón de fideicomiso, de– mandar esta parte? Respondí: de estas cosas que han sido pro– puestas se deduce que Pánfila sólo puede demandar el fideicomi– so en base al testamento primero. CLAUDIO: porque se cree que también los hijos naturales, esto es, los engendrados en esclavi– tud, sc;m incluidos en la denominación de hijos". Parece que SCE– VOLA respondió esto contra las reglas expresas del derecho. Por– que, como es reconocido un solo padre, al que las justas nupcias mencionan, como afirma ULPIANO {82), así no es reconocido otro hijo engendrado fuera de las justas nupcias, como el mismo UL– PIANO (83) declara. Por esto mismo, S. AMBROSIO (84), hablan– do sobre Ismael, engendrado de la esclava Agar, recuerda que 81. Lib. 3. Respons. in leg. Lucius. Titius 88 Parágrafo 12. Dlg. de Leg. et Fideicom. 2. 82. In leg. 4. Dig. de in ius vocando. 83. In leg. Filium 6. Dig. de his, qui sui, vel alient ifuris sunt . 84. Lib . l. de Abraham, cap. 3. num. 20.
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