Los ideólogos: José Baquíjano y Carrillo
362 MIGUEL MATICORENA ESTRADA a un esclavo. Yo pienso, de acuerdo al pensamiento del testador, que es más natural que la deuda civil deba ser tenida en -conside· ración: y por este derecho lo utilizamos". La obligación puede mediar entre el señor y el siervo natural, afirma POMPONIO (140), cuando dice: "Siempre que haya confiado en tu siervo y lo haya redimido y éste, manumitido, me pagara, no reclame". Por esto, porque las palabras del testador no pueden ser entendidas como verdadera deuéla y exigida, sean recibidas en base al afecto ha– cia el siervo, de impropio, esto es, de deuda natural. En el libro 7 de Epistolae (141) el mismo JAVOlENO dice: "Por mí es legado así a mi mujer como heredera: Cualquier cosa que junto a ti Titia corresponda a Seyo con nombre de dote, dé Seyo, mi heredero, a Titia tanto dinero. Pregunto: Qué deduc– ciones pueden hacerse de las cosas desembolsadas que fueran va– loradas, si se trata de la dote?. Respondió: No dudo que así ha sido legado a su esposa: De ti, heredero, pido que de cualquier cosa que te corresponda le des a ella tanto. Toda la dote, sin ra· zón de deducción de los gastos, debe ser para la mujer. Sin em– bargo, el mismo derecho en base al testamento no debe ser con– servado, porque se conserva en el testamento al varón que rele– gó la dote a la esposa. Estas cosas de consideración fueron ex· puestas en este lugar. Cualquier cosa que te corresponda: allí, pues, donde el varón testa en favor de su esposa, parece que se lee que esto tendría que lograrse en juicio de dote (la mujer)''. "Que estés bien en tu turbulento ánimo, decimos con el agudísi– mo ANTONIO GOBEANO (142) cuando se deslumbra con la sen· tencia de JAVOLENO, declarando que las palabras de considera– ción son referidas en el lugar cuando son dichas por el marido, desconocedor de los gastos que hizo en los asuntos de dote. En esto es más torpe el error de ANTONIO FABRO, quien, conocien· do los errores de los demás, él mismo admite los mayores, cuan– do el testador, dijo, se cree que dejó por esto la dote, porque se persuadió de que estando él muerto, en el juicio sobre la dote la mujer haría pleito contra los herederos inscritos por él; y por eso, queriendo la opinión de ellos y atendiendo a su tranquilidad, no importa qué cosa hubiera tenido que conseguir la mujer en aquel juicio, hubiera legado a estos mismos, y el legado testamen- 140 . In leg. 83. Dig. de Solution. 141. In leg. 41 parágrafo 1 Dig. de legat. 2. 142 . Lib. l. cap. 13. variar. Lect.
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