Los ideólogos: José Baquíjano y Carrillo

JOSE BAQUIJANO Y CARRILLO 397 guas más cultas de Europa, sino también la más honrosa apro– bación de su majestad, dignándose en real orden de 23 de junio del año pasado de 793 mandar se atendiese a sus autores en los destinos de sus respectivas carreras. · Que aquel Ayuntamiento y real Universidad le ha nombrado su diputado general en esta corte para promover varios asuntos interesantes al servicio de su majestad y de aquel reino. Que justificándose estos méritos (y el contraído por sus an– tepasados) en la relación que de ellos se ha formado en la Secre– taría de Indias y por los informes del virrey, Audiencia, Univer– sidad y demás tribunales ha solicitado de la piedad del rey se digne concederle plaza supernumeraria sin sueldo de oidor de la Audiencia de Lima, con antigüedad y opción a la primera vacante jubilándole en la cátedra de prima de Cánones que obtiene, pues siendo ley general del reino que a los veinte años de servicio en ellas se obtenga por rigurosa justicia esa distinción y la prác– tica de aquella Universidad, que con menor número de años se conceda en cualesquiera de sus cátedras aun por sólo los virreyes, según ella misma informa, y pide a favor del que suplica, parece propia de la bondad de su majestad esta gracia, que en nada grava al real erario, que no perjudica aquel cuerpo, y que debe creerse como excesivo cumplimiento de los veinte años que ordena la ley, pues el exponente ha duplicado por doce años, el trabajo, pues por todo ese tiempo ha desempeñado las obligaciones de dos cátedras. La plaza supernumeraria la exigen las circunstancias de aque– lla Audiencia: ella se compone de ocho ministros, el uno por su edad y enfermedades con cédula de preeminencias, los tres más antiguos casi octogenarios y con los males de la ancianidad, em– barazo para un despacho diario; los otros dos cuñados igualmente que el Fiscal, de modo que se hallan en aquel Tribunal tan redu– cido tres hermanos, e inhábiles por todas las leyes para conocer en una misma causa y es preciso que sufran esos infelices vasallos la interrumpida administración de la justicia. Es propio pues de los paternales desvelos con que su majes– tad la dispensa a todos sus pueblos, se atienda al clamor del que :5uplica, pues la supernumeraria que solicita con la calidad de sin sueldo sólo con la opción de la primera vacante provee de reme– dio a ese mal, sin gravamen del erario, premia con el honor y la esperanza de poder obtener la propiedad algún día, quien ha ser– vido en los mismos destinos de ministro de aquella A1:1diencia con tan público desinterés y desvelo y es el más consolante testimo-

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