Los ideólogos: José Baquíjano y Carrillo

462 MIGUEL MATICORENA ESTRADA 130 DICTAMEN DE BAQUIJANO AL VIRREY ABASCAL.- Lima, 30 de Diciembre de 1812. Excelentísimo Señor: La sabia Constitución española, si es un antemural de los de– rechos del ciudadano contra los atentados de la arbitrariedad y el despotismo, es también su firme apoyo al respeto a las leyes y su– bordinación a los magistrados. Ella ordena en el artículo 287, que ningún español pueda ser preso sin que proceda información su– maria del hecho por el que merezca, según la ley, ser castigado con pena corporal, mas también añade en el 222 que todo delin– cuente pueda ser arrestado si se sorprende infraganti, y en el 308 suspende las formalidades prescritas para su arresto si en circuns– tancias extraordinarias lo exigiese la seguridad del Estado en toda la Monarquía o en parte de ella. En este último caso se halla esta Capital con motivo de las elecciones parroquiales según me lo insinúa V. E. en su oficio del día de ayer, y me es constante por la publicidad de los hechos que han ocurrido, y que necesariamente alteran la quietud y tranquili– dad de este noble vecindario, si no se toman más serias providen– cias para el castigo y corrección de los que se han presentado por autores y cabezas de los desórdenes. V. E. en la lista que me acompaña me numera ocho indivi– duos y yo añadiré otros dos, cuyos excesos exigen de justicia esas demostraciones de severidad. El padre Don Segundo Carrión, Prepósito de la Congregación de San Felipe, aunque nadie duda que es el promovedor principal de estas inquietudes y lo persuade el impolítico manejo de haber formado la lista de compromisarios con catorce quiteños, sus pai– sanos, hombres oscuros y desconocidos y algunos de ellos sus– pensos de los derechos de ciudadanos por hallarse sujetos a con– curso de sus bienes en los tribunales; sin embargo se ha manejado en la ocasión presente de un modo oculto y reservado, que no pro– duce mérito para tomar sobre su persona más providencia del día.

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