Los ideólogos: José Baquíjano y Carrillo

JOSE BAQUIJANO Y CARRILLO 463 El padre Don Tomás Méndez, de la misma Congregación, es notorio que estando retirado en la Hacienda de San Pedro se pre– sentó a la elección del Sagrario, excitando a los colegiales del Real Convictorio para que levantaran la voz e inflamasen al pueblo a fin de cobrar el voto de que estaban excluidos por público bando en atención a su minoridad y dependencia. Así, es conveniente que se le traslade al Convento de Betlemitas, encargando a ese Prela– do no le permita comunicación sino con las personas necesarias para su servicio y asistencia. El padre Don N. Tagle es un predicador indeciso por calles y plazas de la igualdad de clases, y esta es la doctrina que no se avergüenza extender por las tiendas y habitaciones de los menes– trales y la plebe. Ha llegado a tanto su exceso que según tengo entendido la Congregación del Oratorio resolvió expulsarlo el día de ayer pero, como esto no es un medio que corta el mal, es mi dictamen se le traslade a la Recolección Descalza con las mismas prevenciones al Guardián de aquella Casa, intimándosele que den– tro del término que V.E. tenga a bien señalarle salga de esta ciu– dad para el Tucumán, su Patria, de cuyas insurgentes ideas es un fervoroso Apóstol. El abogado Don Manuel Pérez Tudela está manchado de las mismas criminales opiniones; pero no he oído que en las actuales circunstancias haya dado algún paso público que demande pronta providencia. Don Francisco Paula Quirós se ha manifestado de un modo el más público y descarado, pero elegido uno de los dos electores de la Parroquia de San Marcelo, exije la prudencia por ahora sus– pender toda demostración contra su persona para no dar lugar a recursos de los parroquianos sobre nulidad de las futuras elec– ciones u otros calumniosos pretextos que pueda inventar la ma– lignidad. Don Joaquín Mancilla según estoy entendido no se ha mezcla– do en otra cosa más que en solicitar y repartir listas, pero éste no es un delito castigado por la Constitución que sólo prohibe ad– quirir sufragios por cohecho o por soborno. Además, que estando ya muy próximo a verificar su viaje para la península en la fra– gata Veloz, para todo recelo de que puede meditar proyecto al– guno que desdiga de la conducta y fideiidad de un buen ciudadano. El talento del Señor Conde de la Vega es notorio a V. E. y a todo el público. Este es un caballero de las primeras familias del Reino en quien es muy fácil la seducción por su inexperiencia y pocos años; mas siendo por su distinción y calidades, el único

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