Los ideólogos: José Baquíjano y Carrillo

JOSE BAQUIJANO Y CARRILLO 547 180 CARTA A NAJERA.- Sevilla, 11 de diciembre de 1816 En contestación a las de usted de 3 y 6 del presente debo decirle con la confianza de la amistad, que no fue el golpe más acertado de nuestro letrado haberse allanado en su primer escri– to a reconocer la calidad de albacea en el Perillán y mucho me– nos lo fue, haber de palabra, como usted me dice, repetido el mismo allanamiento en el Consejo, pues ya eso no puede retrac– tarse y poco nos perjudica a vista de las reflexiones que a usted acompaño. Toda la fuerza de nuestra justicia estriba en no ser yo un he– redero nombrado por el testador sino llamado por la ley y por lo tanto, no siéndolo por su voluntad sino contra ella, así como he adquirido sus bienes contra su disposición en fuerza de ésta no puede tener gravamen alguno, ni sufrir el menor retardo en el uso y P.Osesión de esos caudales. Bien preveo yo que todo el sistema de los contrarios es que en el nuevo año salga de la presidencia de la sala el integérrimo Riega y le subrogue el conde del Pinar, mas se engañan pues ya hablado a medias estoy resuelto a hablar por entero y manifes– tar a la justicia del rey toda esa maquinación e intriga. Veo no ocurre por allá cosa alguna nueva, aunque sí repeti– das promesas y seguridades de que se variará de suerte en todas ellas. 181 CARTA A NAJERA.- Sevilla, 18 de diciembre de 1816 Con la reflexión que he remitido a Usted anteriormente habrá quedado satisfecho que en la sucesiones ab-intestato el título de albacea es una ilusión y un fantasma; los bienes que ahora existen en poder de Peciña fueron del Conde de Vistaflorida hasta el ins– tante de su muerte, desde aquel momento transfirió la ley el do– minio en mi persona y ésta no me impuso el gravamen que los re– tuviese Peciña, ni yo me conformo que mi caudal esté en ajenas manos; nuestro diestro letrado sabe muy bien que aun cuando se presente a recaudar bienes ajenos, autorizado con poder deí

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