Los ideólogos: José Baquíjano y Carrillo
JOSE BAQUIJA O Y CARRILLO 45 Y estando juntos y congregados, propuso el señor Rector ha– bía recibido un superior decreto que hacía al ilustre Claustro para su reconocimiento y observancia que mandó a mí, el presente se– cretario, lo leyese y su tenor es el siguiente: Atendiendo al distinguido mérito literario y aplicación del doc– tor don Jos' Baquíjano y Carrillo Protector General interino de los Naturales de este reyno, por cuyo ministerio se halla en actual embarazo de seguir los afanes de oposición a las Cátedras de es– ta real Univ rsidad donde regenta la de Instituta con la pública satisfacción y aplauso que es notorio; le elijo y nombro por cate– drático de la de Vísp ras de Leyes que se halla vacante por muer– te del doctor don Francisco Martínez Tamayo con el preciso car– go de que ha de acompañar en su enseñanza las del derecho Pa– trio, advirtiendo a sus discípulos muy especial y señaladamente la disconformidad que interviene entre éstas y las romanas con– forme al nuevo Plan de estudios que se han meditado con arreglo a lo dispuesto en las universidades de Salamanca y Alcalá; en cu– ya consecuencia se le guardarán los honores y prerrogativas que le corresponden, dándosele posesión de la expresada cátedra en el primer claustro que se forme; lo que se ejecutará en la forma acostumbrada y en virtud de este decreto que le sirve de nom– bramiento tomándose razón de él en los libros respectivos de dicha Universidad. En este estado el doctor don José Antonio Oyague presentó un escrito en nombre de su hermano el doctor don Francisco de Oyague prot stando la nulidad de dicha cátedra, suplicando se leyese, lo cual entendido por dicho señor rector mandó que, sin embargo de la protesta hecha, se obedeciese el superior decreto de su excelencia y en su consecuencia se diese posesión de dicha cá– tedra al doctor don José de Baquíjano respecto a no haber facul– tades en el claustro para suspender el puntual obedecimiento a los superiores decretos de su excelencia, y que se reservase el escrito para que se leyese después de obedecido 1 superior decreto, to– mando pose ión de su cátedra el doctor don José de Baquíjano como en él se previene, á lo que accedió el claustro y habiéndosele dado posesión y expuesto una ley, mando d señor r ctor se ccrra– :cn la puertas y e.·cluidas las partes, se leyó el csc1 ito del doctor don Francisco Javicr de Oyaguc y oído y entendido por dichos se– ñores, conferenciada la materia, todos d comun acuerdo fu ron de sentir que respecto a no haber facultad s en el claustro para contrav nir a los upcriorcs decretos de u . celencia, esta parte usas de su d re ho dónde y cómo viese que le convenga, igual-
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