Los ideólogos: José Baquíjano y Carrillo
64 MIGUEL MATICORENA ESTRADA volver estos autos, que ya están conclusos, al señor Subdelegado de la visita y Superintendencia general para su resolución, de cu– ya notoria integridad es de esperar la tome con la equidad que en– cargan las leyes y que exige la falta de dolo y malicia que se ha– ce bien perceptible en ·el reo, y que, al mismo tiempo, ordene se borren y testen las desacatadas expresiones que se vierten en el informe de fojas cincuenta y tres, cuaderno primero, contra la in– tegridad de los ministerios y más que todo, contra el respetable tribunal del superior gobierno en el que, con conocimiento de cau– sa y audiencia de los señores fiscales, se sustanció y determinó de la propiedad del cacicazgo, sujeta materia declarándola a favor de Cimbrón, y que mande se le aperciba al corregir para que, en lo sucesivo, proceda con mayor respeto y veneración a tan autoriza– das resoluciones. Lima quince de mayo de setecientos ochenta y uno. Doctor Baquíjano. FUENTE: A.G.I. Lima, leg. 1.090, fol. 346 v. 347. El proceso consta de dos expedientes, el primero con 59 folios, y el se– gundo con 362 folios. Por sentencia de Areche (Lima, 5 de octubre de 1781), se privó a Cimbrón del cacicazgo y "empleo de gobernador del repartimiento de Checras". En noviembre de 1781, se hace notificación de la sentencia al doctor Francisco Moreno, "fiscal de esta real Audiencia y Protector general de los naturales", que había ya reemplazado a Baquíjano. *
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