Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión

JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION . lOS Lo cual tengo la honra de transcribir a V. S. para que con arre– glo a los días de la salida de los correos, desde este punto, se esta– blezca los de su regreso en esa Administración, en la inteligencia de que siempre ha de haber comunic?:tción cada ocho días, conforme a lo dispuesto en el Art. 1 <.>, lo que se pondrá en noticia del públi~o, para q·ue dirija RU correspondencia.- Dios, etc.- J. S. C. (En: EGUIGUREN, Luis Antonio. Ob. cit., T. II. p. 70). 410 PARROCOS DE LA DIOCESIS DE TRUJILLO DEBERAN ACREDITAR RESIDENCIA EN SUS RESPECTIVAS DOCTRINAS Circular N9 1~7. Huánuco, Junio 26 de 1824. Al S.eiiol' Gobernador Eclesiú.~ticn de Trujillo. Señor Gobernador. Sin embargo de que S. E. el Libertador eRtá plenamente satisfecho de la vigilancia de V. S. en la adminis– tración de esa Iglesia en contribuir con cuanto dependá de Supre– ma Autoridad al mejor orden posible respecto al régimen parro– quial. S. E. ha advertido con dolor que muchos párrocos dejan de residir en sus doctrinas, manteniéndose en otros pueblos bajo pre– texto de enfermedades, negocios particulares y otras exculpaciones frívolas, como si la inmediata dirección de su rebaño, no fuera la exclusiva ocupación de un cura, especialmente en las actuales cir– cunstancias que demandan un celo infatigable por parte del Minis– terio pastoral. Consiguiente a estos principios y atenta la observación indica– da, me manda S. E. encargar a V. S. de una manera muy particular la residencia de los párrocos en sus doctrinas, en términos que si alguno de ellos no ejerciere por RÍ mismo el ministerio, aprovechán– dose únicamente de los proventos será removido a la parroquia, no obstante que tenga puesto en su lugar algún eclesiástico, salvo que

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx