Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión

30 AUGUSTO TAMAYO VARGAS - CESAR PACHECO VELEZ Dn. Manuel Chirinos para el territorio de la Costa comprendido entre los Ríos de Santa y Barranca. Dn. José Vicuña para el territorio de la Co..,ta comprendido entre el Río de la Barranca y Chancay y exclusive. Instrucción a que se arreglarán los Visitadores, q'ue según el Sup1·emo Decreto de 8 de abril deben entender en el repartimiento y venta de las tierras que allí se ordena: 1 <;>_ Los Visitadores procederán conforme a las leyes, y según se acostumbra en las ventas que suelen hacerse por cuenta del Es– tado, practicando, ya se ve, todas las diligencias esenciales, y omi– tiendo las que sean de pura fórmula, pues el objeto es que se absuel– va este negocio en el menor tiempo posible, y con las seguridades convenientes, tanto con respecto a la Hacienda Pública, como a los compradores. 29- A todo individuo a quien se reparta o venda algún terreno, se le extenderá su documento respectivo, puntualizándose en él los linderos, etc., siendo de la obligación del interesado ocurrir con dicha constancia al Supremo Gobierno, por el Ministerio General para su aprobación, cuya solicitud se ha de hacer dentro de cuatro meses de la fecha del repartimiento o venta; pasado el cual término ya serán necesarias otras diligencias. En esta virtud el expresado documento será otorgado por los Visitadores a nombre de la Repú– blica, en términos que no necesite informes ni otras justificaciones, pues todo debe allanarse en la visita. 39_ El valor de estas ventas será de contado, y recibido que sea por los visitadores, se remitirá bajo su responsabilidad al Ad– ministrador o Receptor de Alcabalas de la Capital de la Provincia, llevándose cuenta y razón para las justificaciones posteriores. 4<;>_ Los Visitadores llevarán consigo un actuario o Secretario de toda su confianza e inteligencia para formalizar los expedientes con la sencillez posible en los que se evitará todo motivo de pleito, queja, u otra cualquiera cuestión odiosa. 59- Para facilitar los repartimientos se tomará en cada pue– blo d~ los indios que tengan o no tierras asociándose el Visitador para el efecto con el Párroco del lugF, con el Gobernador y Alcaldes quienes sólo tendrán voto informativo procurando evitar compe– tencias. 69- Como pudieran suscitars~ pleitos sobre los linderos con algunos propietarios ya por juicios, que se hallen pendientes, ya por nuevas pretensione , los Visitadores harán que en cuanto a lo

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