Los ideólogos: José María de Pando

CARLOS ORTIZ DE ZEVALLOS PAZ SOLDAN 165 con mas el poco o ninguno riesgo que corre el que nada tiene. Nos parece que no obra contra el valor de lo que llevamos expuesto el que la instrucción que nos es dada por el articulo 3<:> este en con– formidad de la practica adoptada por este Go– bierno cuando ha menester levantar fondos: respecto de que un hombre incapaz no osaria hacerle proposiciones, siendole todos muy co– nocidos, y de que un gobierno tiene muy ama– no los medios de que le guarden justicia sus subditos y de resarcir los daños que se le pu– dieran seguir de la falta de cumplimiento lo que no tiene lugar cuando se trata con particulares y de mas de eso extraños. Si estas observaciones fuesen justas resul– ta de ellas que si se presentara una casa respe– table haciendo una oferta ventajosa a juicio prudente, seria acaso lo mejor celebrar con ella la contrata del emprestito. Y que de no, se hi– ciese en buena hora la invitación publica que previene el articulo a fin de lograr la concurren– cia, aunque se sabe que las casas fuertes se abstienen de comparecer por no alternar con las inferiores; mas no ofreciendo abrir en publi– co las propuestas para aceptar la mas favora– ble, sino dejando la preferencia a la elección de los agentes. Pero al mismo tiempo echara V.S. de ver que en el caso de que S.E. tuviere a bien admitir estas variaciones, no se compo– ne de manera alguna con nuestro honor que los que los hemos apuntado, hayamos de continuar con el manejo de este asunto. Por que si bien pudieramos suponer que el Supremo Gobierno nos hiciese la justicia de creer que el mero zelo por los intereses de la Republica nos había su– gerido el presente reparo, no tenemos razon de esperar igual indulgencia de parte de la opinion publica ante cuyo severo tribunal seria casi in– defectible que apareciesemos como pretendien– tes de franquicias que nos abrieran el campo pa-

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