Los ideólogos: José María de Pando

176 JOSE MARIA DE PANDO tenedores de ambos emprestitos como otras tantas garantias solemnes del Gobierno mismo en lugar de los scripts o bonds provisionales que corren en la actualidad firmados por el contratista, y que solo deben rejir mientras se enteran los instalamentos. Esta providencia tan conveniente al honor de la Republica es de for– malidad substancial por la gran diferencia que hay entre poseer un seguro dado por un parti– cular y el dado por un Gobierno a nombre de una nacion. Somos de V.S. con la debida consideracion muy respetuosos servidores Joseph Olmedo José Gregario Paredes -Los Delegados en Londres, Sres. Joseph Olmedo y José Gregorio Paredes, se dirigen al Ministro de RR.EE., José María de Pando, en relación a la decisión del Libertador de la venta de las minas del Alto Perú por haber quedado inutilizadas. ( 12-5-826 ). Legación Peruana N<.> 28 Carpeta 5-17 (1826) Archivo Central del Ministerio de RR. EE. Londres Mayo 12 de 1826 Al Sr. Ministro de Estado y Relaciones Exteriores Trasladese al Sr. Ministro ae Relaciones de Sr. Ministro En 30 de Octubre anterior el Secretario Ge– neral de S.E. el Libertador nos dice que habien– dose adjudicado por decreto de 2 de Agosto

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