Los ideólogos: José María de Pando

CARLOS ORTIZ DE ZEVALLOS PAZ SOLDAN 183 no hallamos embarazo en la materia. De manera que si tuviera– mos fondos disponibles no nos detendriamos un momento en po– ner a la orden de V.E. aquella suma para el espresado objeto sin esperar a recibir las letras de nuestro Gobierno; requisito indis– pensable en otro estado de cosas que el presente. - Pasando al otro punto, quisieramos que nuestra contestación fuese tan con– forme a los deseos de V.E. y a los nuestros, como creemos sera convincente a su juicio, recto y claro. Ella se reduce a manifestar que la consecucion de la parte del emprestito de que trata V.E. envuelve consigo la del todo que nos encomendo el Gobierno, que es tambien el todo que le es dado levantar por una condición con que se le ligó por los agentes de los emprestitos anteriores; y a indicar a V.E. que los terminas con que pudieramos obtenerlo en la actualidad estan en oposicion con las instrucciones y fines de nuestro Gobierno, quiera V.E. seguirnos en la esposicion de los principios de que se deriva esta asercion. - Desde luego no era dable que negociaramos un emprestito para los dividendos de que se trata y que nos desentendiesemos de los dos que debe el Perú pagar en este año; cuya falta aunqu~ de ningun modo imputable al Gobierno y procedente de causas muy notorias, V.E. sabe bien los sinsabores que nos cuesta. Las f'.300,000 que reclama V.E. y fl00,000 proximamente que componen los dividendos del Perú hacen una suma que, para conseguirse en efectivo al precio del dia de 29 a 30 era menester procediesen de mas de f1'400,000 nominales, inclu– sos gastos, comisiones y la deduccion de siquiera los dos prime– ros dividendos, que es de estilo y aunque pudiera suceder que el emprestito se levantase en terminos poco menos desventajosos que del 29 a 30 bien en este mercado, si las seguridades que ofrecie– semos, y las personas que lo manejaran inspirasen mas confian– za al publico, bien en París, si desentendiendonos de la letra de nuestras instrucciones accedemos a las proposiciones que se nos han hecho; nunca podemos prometernos realizarlo sin condicio– nes ruinosas; pues no es de suponer tal inconsideracion en los con– tratistas, que quisiesen comprar los nuevos bonds peruanos a un precio mas alto que el que tienen los colombianos o mejicanos en el dia. Asi aun resolviendonos a sufrir esas pesimas condiciones era preciso, para cubrir nuestras presentes necesidades levantar un emprestito de las indicadas f1'400,000 que excede al monto del emprestito que hemos venido a negociar y de cuyo limite no po– demos salir. De lo cual se convencera V.E. haciendole presente que el Perú por la contrata del primer emprestito en 1822, se obligo a no contraer otro que excediese de f:2'000,000 mientras no hubiese

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