Los ideólogos: José María de Pando

190 JOSE !i/.IARIA DE PANDO do y ocurrencias relativas al segundo emprestito, nos previene V. S. en 13 de Diciembre que S. E. el Consejo de Gobierno ha or– denado: l? que se suspenda, si no estuviese ya verificada, la com– pra de los 25,000 fusiles que se habian encargado.- 2? que se pro– teste contra Mr. Kinder por los ingentes perjuicios que ha oca– sionado la falta de pago de los instamentos quinto y ultimo.- 3? que se reclamen del Sr. Robertson y Comp. las perdidas que ha experimentado el Gobierno por no haberse remitido tan pronto fueron percibidos los fondas del espresado segundo emprestito, segun se le tenia ordenado. Por lo que hace a la suspensión de la compra de fusiles ya no tiene lugar pues han sido ya pagados y remitidos segun lo acre– dita la ultima cuenta presentada por el Sr. Robertson. Estamos ahora entendiendonos con Mr. Kinder, asi sobre los perjuicios que ha irrogado su conducta, como sobre todo lo re– lativo a ambos emprestitos, y haremos por nuestra parte todo lo que estuviese a nuestros alcances para exijir de el siquiera algo, ya que no todo aquello de que es responsable, aunque desde ahora aseguramos que con poca esperanza de suceso. La proxima y precipitada partida del Sr. Robartson para el Perú nos imposibilita de poder entrar con el en contestaciones sobre el cargo que le resulta por no haber remitido en tiempo los fondos del segundo emprestito. Asi nos hemos limitado a dirigirle una copia del articulo en que V. S. se refiere a el. Ella es en cierto modo, una especie de protesta, y esperamos que lle– gando a esa capital S. E. el Gobierno pueda con mas facilidad y buen efecto, delucidar y terminar este negocio. Somos de V. S. con la debida consideracion, muy respetuosos servidores J oseph Olmedo José Gregario Paredes -Los Delegados en Londres, Sres. Joseph Olmedo y José Gregorio Paredes, se dirigen al Ministro de RR.EE., José María de Pando, en relación a la decisión del Libertador que para pagar la deu– da nacional y extranjera se traspasen las fincas, minas, tierras baldías, etc. a poder de quien proporcione el préstamo. ( 22-6·826 ). Carpeta 5 - 17 (1826) Archivo Central del Ministerio de RR.EE.

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