Los ideólogos: José María de Pando
CARLOS ORTIZ DE ZEVALLOS PAZ SOLDAN 311 de Inglaterra, puesto que, privadamente, tengo entendido del Mi– nistro de Hacienda que Sus Excelencias en Consejo se proponen autorizar a la Aduana la aplicación de impuestos sobre estos y en los suministros que se me hagan en el futuro. Someto a la consideración del Consejo de Sus Excelencias el hecho de que cuando partí de Inglaterra me fue imposible cal– cular, debido a la falta de comunicación con este país, los artícu– los de consumo inmediato que me serían necesarios, por lo que los suministros que traje fueron limitados. Al llegar a Lima ha– llé que todos los artículos necesarios para mi hogar y mi consu– mo eran exhorbitantemente caros, en consecuencia, por simple prudencia, por deseo de no alentar precios tan subidos y por con– fiar que la cortesía de otros estados sudamericanos, de permitir el libre paso de los artículos destinados a los Cónsules Generales Británicos, sería manifestada hacia mi persona por este Gobier– no, escribí a mi Agente en Inglaterra para que me enviara perió– dicamente varios artículos de mobiliario y de consumo. Entre tanto, surgió una cuestión entre el predecesor de V. S. y yo acerca del privilegio que esperaba; Llamo su atención a mi carta del 14 de marzo sobre el asunto. Observará V.S. que la exoneración de derechos que yo buscaba no era por derecho ni por favor, sino como cortesía similar a la que gozan los Cónsu– les Británicos en Buenos Aires, Chile y Colombia, surgida de la diferencia que hay entre mi posición ante el Gobierno y la de los Cónsules de los Estados Unidos, y de Holanda, tanto con refe– rencia a mis deberes como con referencia a mi mismo y los vice– cónsules, que estamos expresamente prohibidos de tener interés personal en el comercio. El resultado de esa correspondencia fue una ampliación del privilegio que había sido concedido a los Procónsules antes de que yo tomara a mi cargo el Consulado, y su continuación hasta el presente. Me hara justicia V. S. en creerme que al buscar explicación para la causa de la propuesta cesación de los privilegios que hasta ahora se me había concedido, yo procedo no sólo por el respeto que tengo al Consejo de Sus Excelencias, sino por mi deseo de contar con los medios de comunicar a mi Gobierno las razones por las cuales sus Excelencias descontinúan esta cortesía y se desvían de lo acostumbrado por otros estados Sudamerica– nos. Si supusiéramos que el privilegio es negado a vuestros agen– tes oficiales en Inglaterra o si se concluyera que yo no debo es– perar un privilegio que no se concede a los cónsules de otras potencias extranjeras, permítaseme mencionar que, por un lado,
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