Los ideólogos: José María de Pando

CARLOS ORTIZ DE ZEVALLOS PAZ SOLDÁN 327 llamada la Republica, con la jura de la Constitucion politica que incluyo a V. Las actas, de los colegios electorales, los decretos y proclama del Congreso de Gobierno agregadas a ella son los tes– timonios irrecusables que se presentan al juicio imparcial del mun– do pa. acreditar la libertad ilimitada con que el Perú ha aceptado este Codigo, proclamando al Libertador Simón Bolivar por su Pre– sidente, y las robustas razones que han obrado en el gobierno pa– ra mandarlo declarar y ejecutar como el resultado mas puro y legitimo que producira jamas voluntad nacional- Tengo la honra de comunicarlo a V. para su satisfacción reiterandole mis con– sideraciones distinguidas.-J osé María de Pando. -El Ministro e RR. EE., José Maria de Pando, comunica al Cón– sul General del Perú en Panamá, Antonio Escobar, que debe re– mitir por escrito su jm.·amento a la Constitución. ( 14-12-826 ). Al Sr. D. Domingo Cáceres Consul Jeneral del Perú cerca del Gobierno Brasilense. Tomo 461 C Archivo Central Min. RR. EE. (1826-1839) Diciembre 14 de 1826 Hallandose V. impedido de prestar personalmente el juramen– to de la Constitucion política de la Republica, se servira remitirlo por escrito enla primera oportunidad - Reitero a V. mis conside– raciones distinguidas.- José María de Pando. -El Ministro de RR. EE., José María de Pando, remite al Cónsul General del Perú en Brasil, Teniente Coronel Domingo Cáce– res una ned· a recordatoria por la institución de la Constitu· ción. (15-12-826). (1826-1839) - Tomo 461 C Archivo Central del Min. RR. EE. Diciembre 15 de 1820

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