Los ideólogos: Juan Pablo Viscardo y Guzmán

JuAN PABLO V1scARDo y GuzMÁN 35 18 EL DIRECTOR GENERAL DE TEMPORALIDADES INFORMA SOBRE SOLICITUDES DE VARIOS JESUITAS PARA REGRESAR A LOS REYNOS DE INDIAS Madrid, 17 de agosto 1789. Exmo. señor: Por resoluciones de V.E. se han pasado a informe de esta Dirección varios memoriales de ex jesuítas americanos residentes en los estados pontificios, con la solicitud de que se les permita regresar a In– dias, baxo diversos pretextos especiosos [ ... ] . Don Juan Pablo Vizcardo propone que, si se le concediera licencia para acompañar a una sobrina suya al Perú emprendería a su costa la exe– cución de dos proyectos muy útiles a la Monarquía, que explicaría antes de salir de la Italia. Insinúa no haver sido más que novicio de la extingui– da Compañía; como si la pragmática sanción de 2 de abril de 1767 no hu– viese condenado a perpetua expatriación a los novicios que voluntariamen– te quisiesen seguir a los profesos, después de haver tomado precauciones cautas a exploTar su voluntad, y comminándoles con que no gozarían pensión alimentaria [ ... ] . Tales pretensiones muestran con evidencia la vanidad, la puerilidad Y la ridiculez de los motivos con que se intenta una dispensación de la pTagmática y de todas las reales resoluciones consiguientes; y quán poco aptas aparecen para ser puestas en contraste con los sólidos e inalterables principios expuestos por la Dirección en consulta de esta misma fecha, di– rigida al honesto fin de que se guarde constante e inviolablemente la ley que prohive aun el admitir a los ex jesuítas de Indias la solicitud de pasar jamas a vivir en aquellos dominios. Por tanto la Dirección es de paTecer que, sea la que fuere la resolu– ción a dicha consulta, deben denegarse específicamente las instancias de los referidos don Juan Tomás de Silva, don Juan Pablo Vizcardo, don Fran– cisco Xavier Caldera, don Antonio Corbalán, don Ignacio Canseco y don Ignacio Pietas Garcés; haciéndoles entender, por medio del ministro de Ro-

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