Los ideólogos: Juan Pablo Viscardo y Guzmán

798 CÉSAR p ACHECO V ÉLEZ profundidad esta delicada materia, para que enterado V.S. de quales son los derechos de Buenos Ayres, y el Perú, lo quede tambien del peso de to– das sus acciones, y del delito que envuelven. Por que decirle á V.S. uni– camente, que la Junta trata de reunir los sentimientos de las provincias, conservar los derechos del Sr. D. Fernando VII, y formar una constitución que consulte la seguridad de ellas, y ~~ felicidad, puede dexarle lugar al Sr. D. Fernando VII por un monto de la iniquidad herronea la reunion de sen– timientos, y la constitucion misma, y sistema por un trastorno de la segu– ridad, y felicidad que se procura. Por esto es menester atacar directamente la razón de V.S. por todas partes, y. aun proceder. sobre. hypotesis y ·supuestos, que hasta ahora. no tie– :ien existencia -álgtina, ni · realidad . Bu~nos Ayres nada ha dicho hasta hoy de una absoluta independencia de su monarca: pero es necesario reflexionar y convencer, que aun quando la hubiese proclamado ya sin embozo alguno, no tendría el virey, ni V.S. derechos ni facultades para oponersele, y seria siempre criminal su oposicion : para que así resalte mas, quanto no deberá serlo en circunstancias. que se protesta el mayor respeto á los derechos, de Fernando y la mas firme· adhesion y obediencia, si alguna vez volviese libre á o~upar su trono, rota toda alianza, confederación, y enlace con el tirano de la Europa, y destruidos y expulsados del territorio español los exércitos franceses que lo ocupan_. Con este solo objeto, entremos á examinar ¿quales son los derechos que tenga un monarca1para oponerse á la v:oluntad general de sus vasallos, q.ue intentasen sacar de sus manos las riendas del gobierno, por qualquiera razon, que á ellos les impeliese, y sujetarlo á una constitución? Por fortu– na hemos llegado á un tiempo, en que facilitada á todos la libre manifesta– ción de sus ideas políticas, debe, y puede todo ciudadano analizar y descu– brir lo,s derechos sagrados de los pueblos, rompiendo sin riesgo-, ni temores el velo con que se ·nos ocultaban, para hacernos insensible su privación. De este exámen ha de resultar esclarecido lo que la América debe al Sr. D. Fer– nando VII. y lo que V.S. debe tambien á la América, y á Fernando. Recordar á V. S. fos difrrentes medios porque el hombre ha llegado á reunirse en sociedad, y á establecer sus gobiernos de esta, ó la de otra clase, ademas de ser una explicacion larga, es inoficiosa en la ocasion, y tan– to mas, quanto debo suponer en V. S. toda la instrucción necesaria sobre la materia. Debemos pues partir del punto de que los gobiernos monar– quicos no tienen otro origen que la usurpación, ó la expresión de los pue– blos, ó un consentimiento, que siendo las mas veces forzado, pasa en razon del transcurso del tiempo, por expresa voluntad de los pueblos, que no tie– nen recurso, ni facilidad pan manifestar otra. ·Un usurpador no tiene mas derechos para esta usurpación, que la fuerza que se la <lió: faltando esta se han perdido aquellos: y este es un principio tan de si claro, que no ha menester exposicion. Pero tanto este

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