Los ideólogos Toribio Rodríguez de Mendoza

34 ÓSCAR ZEVALLOS cesario en derecho a los enunciados, Licenciado Don Tomás Go– rozabel y Don Pablo Rodriguez y Trigoso mi hermano de man– común en primer lugar y en segundo al Licenciado Don Carlos Pedemonte y Don Francisco Pastor, también de Mancomún para que según van nombrados después de mi fallecimiento y no antes, hagan y ordenen mi testamento en la forma siguiente: Primeramente encomiendo mi alma a Dios Nuestro Señor que la creó y redimió con el precio infinito de su preciosísima sangre pasión y muerte, y el cuerpo a la tierra de que fue formado el qual hecho cadaver, revestido con las vestiduras sacerdotales, se sepul– te en la iglesia del mencionado oratorio San Felipe Neri, o en otra parte o lugar que parezca a mis Albaceas a cuya disposición dejo la forma de mi entierro y todo lo que se pague de mis bienes. ITEM : mando que se den a las mandas forzosa y acostumbra– das un peso de a ocho reales a cada una de ellas y peso de la mis– ma moneda a los Santos Lugares de Jerusalen con cuya limosna las aparto de mis bienes ... ITEM: declaro fui Albacea de Don Silvestre Rodriguez de Mendoza cuyo estado del cargo instruyen mis papeles. Así mis– mo declaro fui Albacea de Don Tomás Polanco y su muger Doña María del Rosario cuyo apellido no me acuerdo, y quedé absuel– to del cargo de Albaceasgo por lo respectivo al primero ; y por lo que hace a la segunda se halla pendiente un corto residuo que está en poder de su heredero y segundo marido Don Manuel Far– je, lo que declaro para que conste. ITEM: declaro que lo que debo y me debieron constará por (Fa. 281 v.) mis papeles. ITEM: declaro que mi hermano Don Pablo Rodriguez me es deudor como de cinco mil pesos poco mas o menos, que ha de constar por mi libro de apuntes, lo que se ha de satisfacer a mi testamentaría para que se sume al cúmulo de ella, sin embargo de que habrá de ser uno de mis herederos en el remaniente que quedare de mis bienes. ITEM : declaro que si Dios me concede la vida formaré una instrucción firmada de mi mano que ha de servir de gobierno a mis Albaceas, y no permitiendomelo Dios le tiene comunicadas algunas cosas relativas a la testamentaría de mi primo Don Sil-

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