Los ideólogos Toribio Rodríguez de Mendoza

TORIBIO RODRÍGUEZ DE MENDOZA 77 el mismo qe se nombra liber Judicum en el Concilio de Coyanza, y en otros monumentos respetables de la Historia. No es de ntro. instituto el demorarnos en esta discusion, y lo constante es qe. Recesvindo (que reynó primero con su padre Chindasvinto y despues solo) publicó muchas Leyes de las que componen el fuero Juzgo; y que , la formal coordinacion de estas, distribuiendolas en doze Libros, a imitacion de el Codigo de Jus– tiniano, se hizo por Egica en el Concilio XVI de Toledo, y que al fin por medio de este nuevo Código, se logró desterrar absoluta– mente el dro. Romano, habiendose hecho tan famoso qe. aun des– pues de la perdida de España, guardaron sus Leyes los Mozara– bes de Toledo, y luego fué recuperado, bolvio a su antigua obser– vancia, por repetidas confirmaciones de los Monarcas Españoles. No negamos por eso el constante tesan que han procura– do subcesivamente nuestros Reyes desde los Godos, estimulando a los Vasallos, a que se aplicasen con preferencia a la Leyes pa– trias, cuio abandono obligó tambien a Jacobo 1? Rey de Aragon a proscribir en 1264 la Jurisprudencia Romana de su Reyno. El mismo deseo manifestó el Consejo en la celebre consulta qe. hizo en 1619 a Felipe 3? la que comenzó sabiamente el Cano– nigo Dn. Pedro Navarrete con el título de conservacion de Mo– narquías, quien recopila en el discurso 4? las prohiviciones de nuestra Legislacion, para que no se citasen las Leyes del dro. Ro– mano. Es igualmente cierto. qe. ha habido un abuso notable en las Universidades en haver hecho su pral. estudio en las Leyes Ro- . manas, con postergacion de las nuestras, de lo qe. ha resultado qe. consumiendo los Jovenes sus mas floridos años en una Juris– prudencia estranxera (que impropiamte. se llama Theorica) y tras– ladandose al foro con un conocimiento superficial de la práctica se ven constituidos en una region nueva, y sin la aptitud necesaria para desempeñar los ministerios de Juez o Abogado : bien qe. con felizes disposiciones de hacerse en breve tpo. muy capaces de los estilos de los Tribunales, y de formarse eminentes letrados y Mi– nistros como ya lo dexó advertido el Sor. Solórzano en el Libro V. Cap? 4? numo. 6? de su Política Indiana. Convengo tambien en qe. el dro. Romano es una compilacion indigesta formada de mas de dos mil libros de los antiguos 9. C., cuios pasages se producen aveces truncados e incompletos; y que

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx