Los ideólogos Toribio Rodríguez de Mendoza

TORIBIO RODRÍGUEZ DE MENDOZA 79 nes de Alcalá, Salamanca, Valencia, y en los que se han aprobado para otras Universidades y colegios, el estudio de el dro. Roma– no, como previo y preliminar al de ntras. Leyes patrias. Yo concibo, que el Consejo hubiera deseado prohibir de el to– da la enseñanza de la Jurisprudencia Romana en las Universida– des: pero se ha visto en la necesidad de atemperarse a el actual estado de ntra. legislacion mirando este punto con el pulso y cir– cunspension qe. exigen la importancia y gravedad de la materia. Para poner en planta este designio era preciso qe. se forma– se antes un nuevo Codigo Español, no solo por 9.C., mas sabios de la Nacion, sino por los Ministros de otros Departamentos, en qe. se contuviesen con methodo, claridad y precision las Leyes qe. fuesen utiles y acomodadas a las costumbres de el siglo en que vi– vimos procurando decidir desde luego las varias dudas promovi– das sbre. la inteligencia de algunas Leyes en que estan divididos los dictamenes de ntros. interpretes, prestando margen a que sean contrarias las resoluciones de los Tribunales sobre un mismo pun– to cuio remedio ya lo contempló necesario en su tpo. el doctor Senador Cerdan de Tallada en su veriloquio en materia de esta– do impreso en Valencia en 1,604. Todos los cuerpos legales de las Naciones de Europa se ha– llan formados sobre el Dro. Romano y estan consiguientemte. lle– nos de imperfecciones, como lo demostró convincentemte. Mura– tori en su tratado de los defectos de la Jurisprudencia. Por lo que respecta a ntras. Leyes es tan exesivo el numo. de las que se contienen en la recopilacion de Castilla, y en los diver– sos Codigos legales, de que se componen ntra. legislacion, qe. po– demos decir con Tácito: Antehac Fiagitils nunos legibus labora– mus. El desorden y confusion que reynan en ellos asi por la mal colocada serie de sus titules, como por la redundancia, e incone– xion de algunas leyes, se hallan justamente ponderados pr. el Pen– sador; pero quien trató con mas extencion sobre la necesidad de su reforma fué el Dr. Dn. Alonso Maria Azevedo en la idea de un nuevo Codigo, de cuio precioso M.S. nos dá un breve extracto Sempere en el Tomo 2? de su Biblioteca Española. Asi Azevedo, como otros sabios zelosos de las glorias de la Nacion, reconocen ser precisa la formacion de un nuevo Codigo

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