Memoria presentada por el general de división EP (r) Juan Mendoza Rodríguez, presidente de la Comisión Nacional del Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1969-1974

210 GRAL. DE DJV. EP JUAN MENDOZA RODRIGUEZ Artículo 3•.- Los acuerdos y decisiones de los Comités Departamenta– les para ser ejecutados, requieren la aprobación previa de la Comisión Na– cional. Artículo 4•.- El presente Decreto Supremo será refrendado por los Ministerios de Guerra, Marina, Aeronáutica, Interior y Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis días del mes de junio de mil novecientos setenta. General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República. General de División EP. ER 1 ESTO MONTAGNE SANCHEZ, Presi– dente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra. Vice-Almirante AP. MANUEL S. FERNANDEZ CASTRO, Ministro de Marina. Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica. General de Brigada EP. ARMANDO ARTOLA AZCARATE, Ministro del Interior. General de Brigada EP. ALFREDO ARRISUE~O CORNEJO, Ministro de Educación; Oficio N• 1064 Señor General de División EP EDGARDO MERCADO JARRIN Primer Ministro y Ministro de Guerra Ciudad.- 10 Lima, 22 de agosto de 1974. Tengo el honor de dirigirme a usted para manifestarle que de confor– midad con el Decreto-Ley N• 18921, la Comisión Nacional del Sesquicente– nario de la Independencia del Perú terminará sus funciones en diciembre del año en curso. Nos preocupa que quede trunca, a pesar de nuestra dedicación y vivo empleo, la publicación de la Colección Documental de la I ndependencia del Perú que hemos programado, en cumplimiento - del artículo 4•, inciso

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