Misiones peruanas 1820-1826: relaciones diplomáticas con Gran Bretaña
.ORRE PO:\'DE 'CJA DE JOS ' JOAQ IN OLMEDO 223 y suponiendo, contra lo que aparece de las cuenta , que resulta un saldo contra nosotros, encarga a V. S. S. nos exigan su pago. Con el respeto debido al Señor Ministro, seáme permitido observar que, en mi opinión, el modo regular de proceder habría sido contraerse (como lo han practicado V. S.) a hacer observaciones sobre cada una de las partidas que componen nuestra cuenta, en vez de emplear términos generales, y expresiones vagas que a nada conducen. El Señor Ministro se ref" ere a dos piezas, fechas 6 de Diciembre de 1825 y 3 de Enero de 1826 (que remite a V. S. S.) en las cuales se contienen algunos reparos hechos a nuestra cuenta por la Conta– duría Mayor. Examinada aquéllas por mí, presentan varios erro– res notables, que sólo rectificaré en cuanto hagan a mi asunto, pe– ro que prueban que el Señor Contador no se instruyó con la pro– lijidad necesaria del negocio, cuyo examen se le cometió. A la verdad, aparece que no se le suministraron los medios de hacerlo con exactitud. En su informe de 3 de Enero, dice termi– nantemente que "no le e posible entrar en el juicio de la enunciada cuenta por falta de documentos a ella". Debo uponer que no se le pasaron, y que no hubo nuevo informe de la Contaduría, puesto que el Señor Ministro no remite a V. S. S. ma cop:a que las dos expresadas; y así, tomando el asunto cual se presenta, juzgo que debo ceñir mis explanacione. a lo contenido en las dos piezas men– cionadas, y en las observacione pasadas por V. S. S. sobre la m~teria del Gobierno. = Los reparos que contienen los dos informes de la Contaduría se reducen. = 19 A arrojar dudas acerca de la épo– ca en que debieron cesar nuestros honorarios. = 29 A insinuar que no debe abonársenos comisión por la realización del empréstito. = 3<.> A rechazar el cargo hecho por el transporte de algunos efectos a Chile y Bueno Aires. = 49 A dudar si debe abonár enos el costo de varios papeles remitidos al Gobierno del Perú y otros gastos pequeños hechos por u cuenta. = 59 A contestar el precio a que debe computarse el cambio, o ea reducción del peso americano a libra esterlina. = En cuanto al primer reparo, a aber, la época en qu debieron ce ar nue... tros honorarios olo diré, que no es por la opi– nión de ningún indi\-iduo (aún cuando la del Señor Robertson es– tuviese expresada en distintos términos que lo está en su oficio de ~ de Abril de 1825), si o por los u o diplornáti o que semejante cuestión debe decidir e. = Un enviado o Embajador lo e , y e con- idera tal, ha ta qt e recibe u carta de llamamiento: Sién olo tiene derecho a que e l · paguen sus honorarios. = El Señor Iinistro de Relaciones K-t riore del Perú no puede ignorar e to . También debe e~ tar in truído, por la Corre pondencia qu - ha pa-ado ent e
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx